RESOLUCIONES



SALTA, 21 de febrero de 2024

RESOLUCIÓN Nº 194

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158 - 135.289/16 Cpde. 30 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.154 - FRAY FRANCISCO VICTORIA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 13/20 a la firma “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.054.659,80 (pesos cuatro millones cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.019 (fs. 16/18);

Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 380/21 (fs. 44/46), se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 4.749.320,37 (pesos cuatro millones setecientos cuarenta y nueve mil trescientos veinte con 37/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020;

Que a fs. 50, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 15, rola Nota de Pedido Nº 8 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 58, mediante Actuación Nº 275/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 59/60 el Dictamen Nº 411/23 y a fs. 61 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 12,47 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020;

Que a fs. 63, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 5.001.467,79 (pesos cinco millones un mil cuatrocientos sesenta y siete con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Junio de 2.020 por la suma de $ 4.749.320,37 (pesos cuatro millones setecientos cuarenta y nueve mil trescientos veinte con 37/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020 por la suma de $ 252.147,42 (pesos doscientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta y siete con 42/100);

Que a fs. 65, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 68/71, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 71/72, mediante Dictamen Nº 90/24 la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 73, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.154 - FRAY FRANCISCO VICTORIA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 13/20 a la contratista “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 380/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 5.001.467,79 (pesos cinco millones un mil cuatrocientos sesenta y siete con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Junio de 2.020 por la suma de $ 4.749.320,37 (pesos cuatro millones setecientos cuarenta y nueve mil trescientos veinte con 37/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.020 por la suma de $ 252.147,42 (pesos doscientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta y siete con 42/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011078002 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 898 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100012582
Orden de Publicación: 100112013
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 06/03/2024

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