RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 29 de febrero de 2024

RESOLUCIÓN Nº 23

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 246.450/21 - Cpde. 96 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 15, 16, 17 y 18 de la obra “AMPLIACIÓN 2ª ETAPA HOSPITAL MELCHORA F. DE CORNEJO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 50/22 del Ministerio de Infraestructura, rectificada por su similar Nº 62/22, a la firma “U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CEYBA S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 248.262.287,27 (pesos doscientos cuarenta y ocho millones doscientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que, asimismo, mediante Resolución Nº 171/23 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 10, 11, 12,13 y 14 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 499.431.805,05 (pesos cuatrocientos noventa y nueve millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos cinco con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023;

Que a fs. 02, 31 y 56, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 115, mediante Actuación Nº 558/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 116/117 el Dictamen Nº 744/23 y a fs. 118 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,80 %, 23,74 %, 9,57 % y 8,85 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Octubre de 2.023 respectivamente;

Que a fs. 119/122, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 569.701.036,26 (pesos quinientos sesenta y nueve millones setecientos un mil treinta y seis con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 499.431.805,05 (pesos cuatrocientos noventa y nueve millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos cinco con 05/100), de la actualización Nº 15 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 12.781.869,44 (pesos doce millones setecientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y nueve con 44/100), de la actualización Nº 16 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 34.930.523,29 (pesos treinta y cuatro millones novecientos treinta mil quinientos veintitrés con 29/100), de la actualización Nº 17 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 12.241.593,25 (pesos doce millones doscientos cuarenta y un mil quinientos noventa y tres con 25/100) y de la actualización Nº 18 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 10.315.245,23 (pesos diez millones trescientos quince mil doscientos cuarenta y cinco con 23/100);

Que a fs. 124/131, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente; Que a fs. 134/137, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 140/141, mediante Dictamen Nº 67/24 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 142, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 67/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 15, 16, 17 y 18 de la obra “AMPLIACIÓN 2ª ETAPA HOSPITAL MELCHORA F. DE CORNEJO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución 50/22 del Ministerio de Infraestructura y rectificada por su similar Nº 62/22, a la firma “U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CEYBA S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 171/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 569.701.036,26 (pesos quinientos sesenta y nueve millones setecientos un mil treinta y seis con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 499.431.805,05 (pesos cuatrocientos noventa y nueve millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos cinco con 05/100), de la actualización Nº 15 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 12.781.869,44 (pesos doce millones setecientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y nueve con 44/100), de la actualización Nº 16 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 34.930.523,29 (pesos treinta y cuatro millones novecientos treinta mil quinientos veintitrés con 29/100), de la actualización Nº 17 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 12.241.593,25 (pesos doce millones doscientos cuarenta y un mil quinientos noventa y tres con 25/100) y de la actualización Nº 18 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 10.315.245,23 (pesos diez millones trescientos quince mil doscientos cuarenta y cinco con 23/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “U.T. SERVIOBRAS S.R.L. - CEYBA S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017022402 - Financiamiento: Ley Nº 8.416 (295) - Proyecto: 427 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100012627
Orden de Publicación: 100112208
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 14/03/2024

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