SENTENCIAS



TRIBUNAL DE JUICIO - SALA VI - VOCALÍA Nº 1

PEREYRA, JORGE ANTONI - EXP. Nº 161.720/21



“El Vocal Nº 1 de la Sala VI del Tribunal de Juicio, en cumplimiento del artículo 580 del Código Procesal Penal, comunica que en fecha 4 de Septiembre de 2023 dicto la siguiente SENTENCIA: “Salta, FALLA I. HOMOLOGAR el Acuerdo de JUICIO ABREVIADO, conforme acta que antecede y a las previsiones de los arts. 513 y cc. del C.P.P. II. CONDENAR a JORGE ANTONI PEREYRA, de nacionalidad argentina, DNI Nº 32.631.046, nacido el 25/02/1987 en Salta Capital, hijo de Roberto Modesto Pereyra y de Rosana Del Valle Cruz, de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de DOS AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN DE EJECUCION EFECTIVA, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, MÁS EL PAGO DE LA MULTA PREVISTA EN EL ART. 5º DE LA LEY Nº 23.737 Y SU MODIFICATORIA Nº 27.302, conforme considerandos, por resultar autor penalmente responsable del delito de TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES, en los términos del artículo 14, primera parte de la Ley 23737 del C.P., 29 inc. 3º, 40 y 4l del C.P. ORDENANDO su inmediato TRASLADO a la Unidad Carcelaria Nº 1, para el efectivo cumplimiento de la pena impuesta. III. REVOCAR LA CONDICIONALIDAD de la pena impuesta por el Juzgado de Garantías Nº 3 en EXP. Nº 161.720/21 de TRES AÑOS DE PRISION DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, UNIFICANDO la misma con la impuesta en el punto II de la presente, y en su mérito, DICTÁNDOSE en contra de JORGE ANTONI PEREYRA, de las condiciones ya referenciadas, LA PENA ÚNICA DE CINCO AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN EFECTIVA, en los términos de los art. 27 bis último párrafo, 58, 40 y 41 del Código Penal Argentino. IV) NOTIFICAR del presente decisorio al Juzgado de Garantías Nº 3 en EXP. Nº 161.720/21, a sus efectos, y conforme considerandos. V) ORDENAR que por Secretaria se confeccione el cómputo pertinente, una vez que la presente quede firme, librando los oficios pertinentes.-VI) RECOMENDAR al Señor Director del Servicio Penitenciario de la Provincia que se realice en la persona de JORGE ANTONI PEREYRA, DNI Nº 32.631.046, tratamiento contra las adicciones y psicológico y psiquiátrico.-VII) DISPONER la DESTRUCCIÓN de la sustancia estupefaciente secuestrada en autos, y el DECOMISO de 1 (una) balanza gramera de color gris, sin marca visible y en funcionamiento, 1 (una) hoja de trincheta, todo ello registrado bajo INTERNO 7808/22 de la Dirección de Bienes Secuestrados del Poder Judicial de Salta, de conformidad   con lo dispuesto por los arts. 23 del C.P., 39 de la ley 23.737 y art. 609 del C.P.P. VIII) TENER por renunciado por las partes a los plazos legales, mediante manifestación expresa que consta en el acta y conforme a lo dispuesto en el art. 218 C.P.P. IX) FIJAR audiencia para el quinto día hábil a partir de la fecha, a horas trece, para dar lectura a los fundamentos que con este Veredicto integrarán la Sentencia. CÓPIESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE. Fdo.: Dr. José Luis Riera, Juez. Dra. Maria Castillo Goytia, Secretaria”.

DATOS PERSONALES: JORGE ANTONI PEREYRA, de nacionalidad argentina, DNI Nº 32.631.046, nacido el 25/02/1987 en Salta Capital, hijo de Roberto Modesto Pereyra y de Rosana Del Valle Cruz, actualmente alojado en Alcaidía General Nº 1.

CUMPLE LA PENA IMPUESTA: 17 de Mayo de 2028.



Dr. Jose Luis Riera, JUEZ






R. S/C N° 100012636
Orden de Publicación: 100112253
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 14/03/2024

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