RESOLUCIONES



SALTA, 07 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 474

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 299.997/20 Cpde. 25 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.252 - PJE. TRES HORCONES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 208/21 a la firma “ING. JUAN CARLOS RABUFETTI”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 3.333.548,79 (pesos tres millones trescientos treinta y tres mil quinientos cuarenta y ocho con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021;

Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 249/23 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 599.670,15 (pesos quinientos noventa y nueve mil seiscientos setenta con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021;

Que a fs. 21, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 31, mediante Actuación Nº 467/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 32/33 el Dictamen Nº 183/24 y a fs. 33 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 209,56 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;

Que a fs. 34, la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 1.856.327,07 (pesos un millón ochocientos cincuenta y seis mil trescientos veintisiete con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021 por la suma de $ 599.670,15 (pesos quinientos noventa y nueve mil seiscientos setenta con 15/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 1.256.656,92 (pesos un millón doscientos cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y seis con 92/100);

Que a fs. 36 rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 39, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 42/43, mediante Dictamen Nº 165/24 la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 44, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.252 - PJE. TRES HORCONES - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 249/23 a la contratista “ING. JUAN CARLOS RABUFETTI”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional N° 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 249/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 1.856.327,07 (pesos un millón ochocientos cincuenta y seis mil trescientos veintisiete con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.021 por la suma de $ 599.670,15 (pesos quinientos noventa y nueve mil seiscientos setenta con 15/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 1.256.656,92 (pesos un millón doscientos cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y seis con 92/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ING. JUAN CARLOS RABUFETTI”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011120901 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 968 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100013050
Orden de Publicación: 100113793
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 10/05/2024

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