CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



EK LITHIUM SA



Por Instrumento público, de fecha 30/04/2024, se constituyó la Sociedad Anónima denominada EK LITHIUM SA, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta y sede social en la calle E. Paz Chain 82, en la ciudad de Salta.

Socios: Shin Kim, DNI N° 93899475, CUIT 20938994758, de nacionalidad surcoreano/na, nacido el 01/11/1974, profesión: empresario, estado civil: casado con Yonghyun Lee, con domicilio en Cramer 1663, piso 10, departamento D, en la localidad de Salta, Salta. Diego Mendilaharzu, DNI N° 28543587, CUIT 20285435871, de nacionalidad argelino/na, nacido el 11/12/1980, profesión: abogado, estado civil: casado con Juliana Nazarena De Gracia, con domicilio en Godoy Cruz 3255, piso 0, en la ciudad de Buenos Aires, provincia de Buenos Aires.

Plazo de Duración: 99 años.

Objeto: la sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros, ajena, o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: a) Mineras y de los Recursos Naturales: actividades mineras y de otros recursos naturales en cada una de sus etapas, incluyendo, pero sin limitarse a, investigación, prospección, exploración terrestre y aérea, con instrumentos, vehículos y aeronaves propias o de terceros, desarrollo, preparación y extracción de sustancias minerales y otros recursos naturales, trituración, molienda, beneficio, polletización, sinterización, briqueteo, calcinación, fundición, refinación; y todo otro proceso de tratamiento, transformación, industrialización, envasado y transporte de sustancias químicas y minerales. A tal fin puede explorar, adquirir y explotar minas, canteras y yacimientos de todo tipo de minerales, sean metales o sustancias no metalíferas, depósitos de canto rodado, arenas, arcillas y similares, minerales ferrosos y no ferrosos, sustancias orgánicas o inorgánicas, colas o residuos minerales, sean propios o de terceros, así como también elaborar y vender sus productos, pudiendo hacer manifestaciones de descubrimientos, solicitar, adquirir y enajenar minas, cateos, socavones o restauraciones, minas vacantes, grupos mineros, expropiaciones de superficies, servidumbres y cualquier otro derecho minero establecido en el Código de Minería, dentro y fuera del país; b) Energéticas: el estudio, investigación, prospección, almacenamiento, administración, adquisición, exploración terrestre y aérea, con instrumentos, vehículos y aeronaves propias o de terceros, y explotación de toda clase de recursos energéticos, cualquiera sea su fuente, incluyendo pero no limitándose, a la energía térmica, hidroeléctrica, fotovoltaica, eólica, solar, geotérmica y cualquier tipo energía renovable o de cualquier otra fuente, propia o de terceros, para la generación, producción, almacenamiento y/o comercialización de energía, a cuyo efecto podrá realizar la producción, transporte, almacenamiento, distribución, desarrollo de tecnologías, comercialización e industrialización de todos los productos, subproductos y derivados directos e indirectos, obtenidos de la explotación referida anteriormente, producción y comercialización de plantas, centrales, equipos, tecnología, componentes, insumos y servicios para la generación y/o aprovechamiento de energía y cualquier operación complementaria de su actividad industrial y comercial o que resulte necesaria para facilitar la consecución de su objeto; c) Industriales: mediante la adquisición, creación, construcción, instalación y/o arrendamiento y explotación, de carácter privado o público, sea a través de contrataciones directas, concursos o de licitaciones, de todo tipo de obras de ingeniería y/o arquitectura, plantas de elaboración, fraccionamiento, almacenamiento o industrialización primaria de los productos referidos anteriormente; construcción de caminos, huellas mineras, puentes, campamentos, edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado; aprovechamiento y transformación industrial de bienes, frutos y productos de cualquier tipo derivados de la actividad mencionada precedentemente, de su producción o de terceros; fraccionamiento, envasado y/o almacenamiento de los productos mencionados pudiendo a este efecto realizar operaciones de compra y venta de estos productos en nombre propio o de terceros así como la recepción de mercadería en calidad de depositaria para su procesamiento; la realización de operaciones de industrialización de dichos productos, su elaboración, almacenamiento, procedimientos de conservación; d) Financieras: mediante préstamos, aportes y/o inversiones de capitales a particulares o sociedades, compra y venta de títulos valores, constitución y transferencia de derechos reales, otorgamiento de créditos en general, con o sin garantía, y toda clase de operaciones financieras permitidas por la legislación en vigencia, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y cualquier otra que requiera el concurso público; e) Efectuar inversiones, constituir sociedades de cualquier tipo, adquirir participaciones en otras sociedades existentes o que se constituyan en el futuro, efectuar contribuciones, realizar aportes, suscribir o comprar títulos o derechos sociales o reales y realizar cualquier acto y celebrar todo tipo de contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social; f) Prestación de servicios: (i) actuando como mandataria y prestadora de servicios de asesoramiento en los aspectos financieros, administrativos y de planeamiento de proyectos de inversión de toda índole en las actividades mencionadas mediante la confección de planes para inversión propios o de terceros o asociada a estos últimos en todos los rubros antes mencionados; (ii) dando servicios a productores mineros que realicen actividades de prospección, exploración terrestre y aérea, desarrollo, preparación y extracción de sustancias minerales comprendidas en el Código de Minería y leyes en la materia; (iii) construcción de obras civiles, hidráulicas y viales; sondajes geofísicos; perforación de suelos y rocas para inyección, excavaciones de tierras y rocas en superficies o subterráneas; y servicios de fletes y transportes de sustancias minerales; (iv) representaciones comerciales, importación, exportación y comercialización de todo tipo de automotores, aeronaves, equipos y maquinarias, o sus accesorios, repuestos e insumos que resulten necesarios para la actividad minera; g) Comerciales: compra, venta, permuta, representación, leasing, consignación, distribución y acopio, instalación de depósitos, ferias, negocios, mayoristas o minoristas para el expendio y transporte de los productos señalados precedentemente, ya se encuentren éstos en estado primario o hayan sido elaborados y semielaborados, concentrados o en bruto, en establecimientos propios o de terceros, así como también de subproductos, mercerías, elementos materiales, maquinarias, bienes muebles en general, por mayor y menor y sin restricción alguna, incluyendo los destinados a la producción, aprovisionamiento y almacenamiento de energía en vehículos eléctricos, hogares, etcétera; patentes de invención, marcas, diseños y modelos industriales; comisiones, mandatos, consignaciones y representaciones. Importación y exportación de materias primas y todo tipo de bienes, materiales o inmateriales, de consumo o de capital, productos derivados y maquinarias relacionados con las actividades indicadas anteriormente, para uso minero e industrial y actividades anexas que tengan relación con el objeto social, facultando a la entidad a intermediar en el comercio internacional; h) Tecnologicas: el desarrollo de actividades de generación, adaptación y transferencia de tecnología e investigación aplicada destinada a generar mejoras competitivas del sector productivo. Para la realización del objeto social la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto; podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna clase, para los que tendrá plena capacidad jurídica, ya sean de naturaleza civil, comercial, administrativa, laboral, penal, judicial o de cualquier otra, como así también todo otro acto que se vincule directa o indirectamente con el objeto social perseguido, actuando en ello por sí o por mandatarios especiales o generales y que no esté prohibido por las leyes o por el Estatuto. La sociedad podrá participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social; participar en licitaciones tanto públicas como privadas, contratar directamente con el ente requirente el servicio solicitado y/o presentar proyectos de iniciativa privada ante los organismos oficiales

Capital: $ 30.000.000, dividido por 3.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 10.000 valor nominal cada una con derecho a un voto por acción. Suscripción: el socio Shin Kim suscribe 2.900 acciones. El socio Diego Mendilaharzu suscribe 100 acciones. Integración: 25 % en dinero en efectivo y el saldo en dos años.

Administración: la administración social estará a cargo de un directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) directores titulares, e igual o menor número de suplentes, los que asumirán en el orden de su elección en caso de producirse vacantes en los titulares. Son reelegibles y permanecerán en sus cargos hasta que la próxima asamblea designe reemplazantes. Durarán en sus funciones tres ejercicios. En caso de existir pluralidad de directores titulares, en la primera reunión designarán de entre ellos un presidente y un vicepresidente. Se reunirán por lo menos una vez cada tres meses y funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría de los votos presentes. Sus resoluciones se transcribirán en un libro de actas llevado al efecto. El directorio tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de actos jurídicos, incluso aquellos para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto en el artículo 375 y los títulos valores previstos en el Libro Tercero, Título 5, Capítulo 6 del Código Civil y Comercial; adquirir, enajenar, constituir, modificar y extinguir derechos reales sobre inmuebles o muebles, derechos personales y derechos intelectuales; operar con bancos oficiales, mixtos o privados y demás instituciones de crédito, constituidas en el país o en el extranjero, y otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas. Los directores titulares en garantía del desempeño de sus funciones constituirán a favor de la sociedad una garantía de acuerdo con la modalidad, montos y plazos establecidos por la normativa vigente. Administradores: se designa como Presidente: a Shin Kim, DNI N° 93899475. Como Director Suplente: a Diego Mendilaharzu, DNI N° 28543587; quienes aceptaron el cargo y constituyeron domicilio especial en pasaje E. Paz Chain N° 82, ciudad de Salta, provincia de Salta.

Fiscalización: prescinde del órgano de fiscalización.

Síndicos: no establece.

Fecha del cierre del Ejercicio económico: 31/12.



Soriano, ASESORA LEGAL - DIRECCIÓN GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00020132
Orden de Publicación: 100113896
Importe: $2,589E04
Fecha/s de publicación: 14/05/2024

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