RESOLUCIONES



SALTA, 10 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN N° 291

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente N° 183.362/2013 - código 54.



>VISTO las presentes actuaciones, por las cuales la Comunidad CHOROTE 2 - km 6 - AJWENA LEWI (Pájaro Blanco), ubicada en el municipio de Tartagal - Departamento San MartÍn, solicita la aprobación del Estatuto Social y el registro de la persona jurídica correspondiente; y,

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 75, Inciso 17) de la Constitución Nacional y 15 de la Constitución Provincial, reconocen la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y la personería jurídica de sus comunidades;

Que la inscripción de la personería jurídica de las comunidades originarias constituye un acto meramente declarativo, y su registración lo es al sólo efecto formal y no constitutivo, impidiéndose de ese modo, que el Estado niegue la inscripción a quienes demuestren su existencia como tales, ya que el reconocimiento y la inscripción son una obligación estatal derivada de normas constitucionales;

Que la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas -Área competente para entender en la materia- procedió a analizar las circunstancias de interés público que median para la aprobación del estatuto social y el registro de la personería jurídica de la Comunidad CHOROTE 2 - km 6 - AJWENA LEWI (Pájaro Blanco), de la municipalidad de Tartagal, considerando que “el estatuto presentado en la ocasión es conforme a la ley, no son contrarios al orden público, aseguran la organización y el funcionamiento de la comunidad según sus pautas culturales”;

Que el Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta (I.P.P.I.S.) y la Secretaría de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social, manifestaron su anuencia para dar curso favorable al trámite contenido en autos;

Que habiendo la comunidad solicitante cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del rubro dictamina que, lo gestionado en autos se encuadra en las disposiciones del Artículo 21 Inciso 7) de la Ley N° 8.171, modificada por su similar N° 8.274, correspondiendo el dictado del instrumento legal pertinente;

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE :

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Estatuto Social, cuyo texto forma parte del presente acto, y disponer la inscripción de la personería jurídica de la Comunidad CHOROTE 2 - km 6 - AJWENA LEWI (Pájaro Blanco) ubicada en el municipio de Tartagal - Departamento San Martín, en el Registro de Comunidades Indígenas de la Subsecretaría de Regularización Territorial y Registro de Comunidades Indígenas, dependiente de la Secretaría de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario, en jurisdicción del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTÍCULO 2°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mimessi



VER ANEXO


R. S/C N° 100013109
Orden de Publicación: 100113989
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 16/05/2024

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