RESOLUCIONES



SALTA, 27 de Marzo de 2024

RESOLUCIÓN N° 351

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 277.498/2.020 - Cpde. 59 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio N° 1 de la obra “OPTIMIZACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA Y AMPLIACIÓN DE REDES DISTRIBUIDORAS EN LA LOCALIDAD DE TOLLOCHE - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. N° 605/21 (fs. 70), se adjudica la ejecución de la obra mencionada a la empresa “CE Y BA S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 64.123.963,02 (pesos sesenta y cuatro millones ciento veintitrés mil novecientos sesenta y tres con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021 (fs. 24/26);

Que a fs. 01/23 y 24/58 la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., eleva a consideración de la superioridad el cuadro modificatorio y compensatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto del contrato, surgido del balance entre economías y demasías;

Que el presente cuadro modificatorio obedece a la situación económica- financiera por la que atraviesa el país, debido a la falta de pago de las redeterminaciones por parte del Fondo Nacional ENOHSA a la empresa, por lo que no pudo ejecutar el ítem provisión y mano de obra para instalación de grupo electrógeno de 70kva, destacando que dicho grupo no resulta imprescindible para el funcionamiento de las casillas dentro del predio y que este cambio fue consensuado con la Inspección-Proyecto de Aguas del Norte. Por otra parte, se observan errores en el proyecto consistentes en que debía instalarse cañería en un sector que figuraba como calle consolidada y en realidad es un desmonte sin apertura de calle; la obra contemplaba empalme a una planta de osmosis inversa, pero la misma fue robada antes de comenzar con la obra; al momento de comenzar los trabajos se debería estar demoliendo un tanque metálico que se encontraba en el predio, y se remplazaría por un tanque elevado de hormigón armado pero la empresa Aguas del Norte decidió no demoler el tanque metálico debido a que se encuentra en la inmediación del ferrocarril, lo que llevo a reubicar el tanque elevado en el predio. Otro detalle que no se tuvo en cuenta es la rotura y reposición de un pavimento de hormigón, y por ese sector está proyectada la red de agua; por los problemas que se tuvo con la obtención de cañerías y accesorios PEAD para Ø 110 mm (tramo que sale del tanque elevado hacia la red de agua) la empresa presento, bajo nota de pedido, que se le permita cambiar dicho diámetro por uno de Ø 90 mm del mismo material; el proyecto original cuenta con 86 conexiones domiciliarias, pero se realizaron 145 conexiones;

Que a fs. 60 y vta., la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., prestan conformidad al cuadro modificatorio y compensatorio requerido;

Que a fs. 62, mediante Actuación N° 435/23, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 63/64 el Dictamen N° 637/23 y a fs. 65 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el saldo entre economías y demasías arroja una economía por la suma de $ 4.202.696,16 (pesos cuatro millones doscientos dos mil seiscientos noventa y seis con 16/100), cifra que representa una disminución equivalente al 6,55 % del monto contractual básico;

Que a fs. 59/60, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., manifiesta que el cuadro modificatorio representa una economía de obra la suma de $ 4.202.696,16 (pesos cuatro millones doscientos dos mil seiscientos noventa y seis con 16/100), quedando el nuevo monto de contrato en la suma de $ 59.921.266,86 (pesos cincuenta y nueve millones novecientos veintiún mil doscientos sesenta y seis con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021;

Que a fs. 67/68, mediante Dictamen N° 76/24, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del cuadro modificatorio respectivo;

Que a fs. 68 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ha tomado una intervención que le compete;

Que a fs. 69, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe N° 05/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 47 de la Ley N° 8.072 y artículo 67 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.- Aprobar la documentación correspondiente al Cuadro Modificatorio N° 1 de la obra: “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, que representa una economía de $ 4.202.696,16 (pesos cuatro millones doscientos dos mil seiscientos noventa y seis con 16/100) en concepto de obra básica, quedando el monto contractual en la suma de $ 59.921.266,86 (pesos cincuenta y nueve millones novecientos veintiún mil doscientos sesenta y seis con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021, el que como Anexo forma parte de presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Suscribir la respectiva Addenda Modificatoria del contrato mencionado con la contratista “CE Y BA S.R.L.”, por el monto dispuesto en el artículo 1o de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- En virtud de lo dispuesto precedentemente, comunicar al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente







VER ANEXO


R. S/C N° 100012835
Orden de Publicación: 100113006
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 15/04/2024

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