RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 21 de Marzo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 46

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 154.806/22 - Cpde. 22 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2, 3 y 4 de la obra “RECAMBIO DE COLECTORA EN DIVERSOS BARRIOS DE TARTAGAL - ETAPA II - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 108/23 del Ministerio de Infraestructura a la empresa “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 282.853.123,33 (pesos doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento veintitrés con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;

Que a fs. 70/73, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 54, rola Nota de Pedido N° 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 75, mediante Actuación Nº 62/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 76/77 el Dictamen Nº 169/24 y a fs. 78 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 22,65 %, 20,72 %, 7,85 % y 7,99 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Octubre del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 79/82, la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 421.463.545,02 (pesos cuatrocientos veintiún millones cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos cuarenta y cinco con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 282.853.123,33 (pesos doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento veintitrés con 33/100), de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 64.077.664,13 (pesos sesenta y cuatro millones setenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro con 13/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 45.501.674,55 (pesos cuarenta y cinco millones quinientos un mil seiscientos setenta y cuatro con 55/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 16.236.201,83 (pesos dieciséis millones doscientos treinta y seis mil doscientos uno con 83/100) y de la actualización N° 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 12.794.881,18 (pesos doce millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y uno con 18/100);

Que a fs. 84, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 87/90, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 94/96, mediante Dictamen Nº 144/24 la Dirección de Contrataciones de Obras Publicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 97, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe N° 121/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, 2, 3 y 4 de la obra “RECAMBIO DE COLECTORA EN DIVERSOS BARRIOS DE TARTAGAL - ETAPA II - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución N° 108/23 del Ministerio de Infraestructura a la contratista “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución N° 108/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 421.463.545,02 (pesos cuatrocientos veintiún millones cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos cuarenta y cinco con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 282.853.123,33 (pesos doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento veintitrés con 33/100), de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 64.077.664,13 (pesos sesenta y cuatro millones setenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro con 13/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 45.501.674,55 (pesos cuarenta y cinco millones quinientos un mil seiscientos setenta y cuatro con 55/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 16.236.201,83 (pesos dieciséis millones doscientos treinta y seis mil doscientos uno con 83/100) y de la actualización N° 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 12.794.881,18 (pesos doce millones setecientos noventa y cuatro mil ochocientos ochenta y uno con 18/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “TODOCONSTRUCCION S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038010302 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 842 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100012849
Orden de Publicación: 100113062
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 17/04/2024

Responsive image Responsive image