RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 16 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN Nº 54

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 187.676/21 - Cpde. 84 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 12, 13, 14 y 15 de la obra “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 30/22 del Ministerio de Infraestructura y rectificada por su similar N° 113/22 a la firma “ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 347.326.335,24 (pesos trescientos cuarenta y siete millones trescientos veintiséis mil trescientos treinta y cinco con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021;

Que asimismo, mediante Resolución Nº 147/23 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 9, 10 y 11, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 771.765.033,17 (pesos setecientos setenta y un millones setecientos sesenta y cinco mil treinta y tres con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;

Que a fs. 209/212, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 190, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 235, mediante Actuación Nº 484/23, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 236/237 el Dictamen Nº 691/23 y a fs. 238 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 8,44 %, 6,14 %, 7,92 % y 20,01 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Mayo, Junio, Julio y Agosto del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 239/242, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 1.010.375.271,56 (pesos un mil diez millones trescientos setenta y cinco mil doscientos setenta y uno con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 771.765.033,17 (pesos setecientos setenta y un millones setecientos sesenta y cinco mil treinta y tres con 17/100), de la actualización Nº 12 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 46.961.324,72 (pesos cuarenta y seis millones novecientos sesenta y un mil trescientos veinticuatro con 72/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 35.043.840,29 (pesos treinta y cinco millones cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta con 29/100), de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 43.442.506,98 (pesos cuarenta y tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos seis con 98/100), y de la actualización Nº 15 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 113.162.566,40 (pesos ciento trece millones ciento sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis con 40/100);

Que a fs. 243/244, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 247/258, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 263/265, mediante Dictamen Nº 122/24, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 266, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 125/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 12, 13, 14 y 15 de la obra “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA TERMINAL DE ÓMNIBUS DE GRAL. GÜEMES - DPTO. GRAL GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 30/22 del Ministerio de Infraestructura y rectificada por su similar Nº 113/22 a la contratista “ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminada últimamente por Resolución Nº 147/23 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 1.010.375.271,56 (pesos un mil diez millones trescientos setenta y cinco mil doscientos setenta y uno con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 771.765.033,17 (pesos setecientos setenta y un millones setecientos sesenta y cinco mil treinta y tres con 17/100), de la actualización Nº 12 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 46.961.324,72 (pesos cuarenta y seis millones novecientos sesenta y un mil trescientos veinticuatro con 72/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 35.043.840,29 (pesos treinta y cinco millones cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta con 29/100), de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 43.442.506,98 (pesos cuarenta y tres millones cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos seis con 98/100), y de la actualización Nº 15 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 113.162.566,40 (pesos ciento trece millones ciento sesenta y dos mil quinientos sesenta y seis con 40/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008060801 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 646 - Unidad Geográfica: 49 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100012913
Orden de Publicación: 100113271
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 23/04/2024

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