RESOLUCIONES



SALTA, 18 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN Nº 409

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 68.599/22 Cpde. 34 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Adicional Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 11 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DEL MUNICIPIO DE ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 461/22 a la firma “ADOBE CONSTRUCCIONES de Alberto Daniel Rodríguez”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 77.140.927,17 (pesos setenta y siete millones ciento cuarenta mil novecientos veintisiete con 17/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Abril de 2.022;

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 739/22, se aprobó el Adicional Nº 1, por la suma de $ 23.145.764,26 (pesos veintitrés millones ciento cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y cuatro con 26/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Abril de 2.022;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 668/23, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional N° 1 y 2, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 37.185.768,40 (pesos treinta y siete millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022;

Que a fs. 122/128, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 104, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 130, mediante Actuación Nº 48623 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 131/132 el Dictamen Nº 145/24 y a fs. 132 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 5,29 %, 6,55 %, 6,26 %, 12,35 %, 7,87 % 5,46 % y 8,21 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Diciembre del 2.022 y Enero, Febrero, Abril, Mayo, Junio y Julio del 2.023, respectivamente;

Que a fs. 133/139, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 45.255.381,05 (pesos cuarenta y cinco millones doscientos cincuenta y cinco mil trescientos ochenta y uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 37.185.768,40 (pesos treinta y siete millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho con 40/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 1.750.452,27 (pesos un millón setecientos cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y dos con 27/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 1.994.173,82 (pesos un millón novecientos noventa y cuatro mil ciento setenta y tres con 82/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.248.794,64 (pesos un millón doscientos cuarenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro con 64/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 1.196.290,48 (pesos un millón ciento noventa y seis mil doscientos noventa con 48/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 699.971,17 (pesos seiscientos noventa y nueve mil novecientos setenta y uno con 17/100), de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 471.705,79 (pesos cuatrocientos setenta y un mil setecientos cinco con 79/100) y de la actualización N° 9 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 708.224,48 (pesos setecientos ocho mil doscientos veinticuatro con 48/100);

Que a fs. 141, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 144/150, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 153/154, mediante Dictamen Nº 121/24 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 155, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Adicional Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 11 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DEL MUNICIPIO DE ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 461/22, a la contratista “ADOBE CONSTRUCCIONES de Alberto Daniel Rodríguez”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 668/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato del Adicional Nº 1 en la suma de $ 45.255.381,05 (pesos cuarenta y cinco millones doscientos cincuenta y cinco mil trescientos ochenta y uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 37.185.768,40 (pesos treinta y siete millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho con 40/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 1.750.452,27 (pesos un millón setecientos cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y dos con 27/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 1.994.173,82 (pesos un millón novecientos noventa y cuatro mil ciento setenta y tres con 82/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.248.794,64 (pesos un millón doscientos cuarenta y ocho mil setecientos noventa y cuatro con 64/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 1.196.290,48 (pesos un millón ciento noventa y seis mil doscientos noventa con 48/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 699.971,17 (pesos seiscientos noventa y nueve mil novecientos setenta y uno con 17/100), de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 471.705,79 (pesos cuatrocientos setenta y un mil setecientos cinco con 79/100) y de la actualización N° 9 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 708.224,48 (pesos setecientos ocho mil doscientos veinticuatro con 48/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ADOBE CONSTRUCCIONES de Alberto Daniel Rodríguez”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011127801 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 956 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100012920
Orden de Publicación: 100113284
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 23/04/2024

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