RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 19 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN N° 55

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 386 - 247.191/22 - Cpde. 27 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios N° 3, 4 y 5 de la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución N° 79/23 del Ministerio de Infraestructura a la empresa “CIPROE S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Abril de 2.023;

Que asimismo, mediante Resolución N° 03/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios N° 1 y 2 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023;

Que a fs. 91/93, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Público y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto N° 1.170/03 y su modificatorio N° 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 80, rola Nota de Pedido N° 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3o Decreto N° 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2o inciso e) del Decreto N° 1.170/03, modificado por Decreto N° 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 102, mediante Actuación N° 103/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 103/104 el Dictamen N° 194/24 y a fs. 105 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 18,02 %, 10,18 % y 9,07 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Agosto, Septiembre y Octubre del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 106/108, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto N° 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 403.621.234,60 (pesos cuatrocientos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre del 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100), de la actualización N° 3 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 44.017.093,32 (pesos cuarenta y cuatro millones diecisiete mil noventa y tres con 32/100), de la actualización N° 4 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 28.057.559,55 (pesos veintiocho millones cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y nueve con 55/100) y de la actualización N° 5 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 26.891.848,39 (pesos veintiséis millones ochocientos noventa y un mil ochocientos cuarenta y ocho con 39/100);

Que a fs. 109, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 112/114, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto N° 572/06;

Que a fs. 117/118, mediante Dictamen N° 136/24 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 119, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe N° 135/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, Decretos N° 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios N° 3, 4 y 5 de la obra “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución N° 79/23 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista “CIPROE S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución N° 03/24 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 403.621.234,60 (pesos cuatrocientos tres millones seiscientos veintiún mil doscientos treinta y cuatro con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre del 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100), de la actualización N° 3 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 44.017.093,32 (pesos cuarenta y cuatro millones diecisiete mil noventa y tres con 32/100), de la actualización N° 4 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 28.057.559,55 (pesos veintiocho millones cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y nueve con 55/100) y de la actualización N° 5 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 26.891.848,39 (pesos veintiséis millones ochocientos noventa y un mil ochocientos cuarenta y ocho con 39/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “CIPROE S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2o de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 92007178101 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 486 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100012928
Orden de Publicación: 100113339
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 25/04/2024

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