RESOLUCIONES



SALTA, 22 de Abril de 2024

RESOLUCIÓN N° 422

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 70.009/16 - Cpde. 34 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios N° 6 y 7 de la obra “CONSTRUCCIÓN COCINA - COMEDOR EN ESCUELA N° 4.627 - PARAJE PALO A PIQUE - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. N° 514/21 a la firma “SILIOTTO S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 12.014.026,82 (pesos doce millones catorce mil veintiséis con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.021;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. N° 649/23, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios N° 2, 3, 4 y 5, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 16.108.897,70 (pesos dieciséis millones ciento ocho mil ochocientos noventa y siete con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022;

Que a fs. 154/155, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto N° 1.170/03 y su modificatorio N° 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 137, rola Nota de Pedido N° 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto N° 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2o inciso e) del Decreto N° 1.170/03, modificado por Decreto N° 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 158, mediante Actuación N° 485/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 159/160 el Dictamen N° 142/24 y a fs. 160 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,86 % y 6,58 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Septiembre y Octubre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 161/162, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto N° 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 16.785.068,10 (pesos dieciséis millones setecientos ochenta y cinco mil sesenta y ocho con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre del 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 16.108.897,70 (pesos dieciséis millones ciento ocho mil ochocientos noventa y siete von 70/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 394.128,30 (pesos trescientos noventa y cuatro mil ciento veintiocho con 30/100), y de su actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 282.042,10 (pesos doscientos ochenta y dos mil cuarenta y dos con 10/100);

Que a fs. 164, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 167/168, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto N° 572/06;

Que a fs. 171/172, mediante Dictamen N° 124/24 la Asesoría Legal de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 173, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18, Decretos N° 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios N° 6 y 7 de la obra “CONSTRUCCIÓN COCINA - COMEDOR EN ESCUELA N° 4.627 - PARAJE PALO A PIQUE - APOLINARIO SARAVIA - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. N° 592/22 a la contratista “RÍO ANDINO S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. N° 649/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 16.785.068,10 (pesos dieciséis millones setecientos ochenta y cinco mil sesenta y ocho con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre del 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 16.108.897,70 (pesos dieciséis millones ciento ocho mil ochocientos noventa y siete con 70/100), de la actualización N° 6 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 394.128,30 (pesos trescientos noventa y cuatro mil ciento veintiocho con 30/100), y de su actualización N° 7 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 282.042,10 (pesos doscientos ochenta y dos mil cuarenta y dos con 10/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “SILIOTTO S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2o de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011099903 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 961 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente






R. S/C N° 100012932
Orden de Publicación: 100113374
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 25/04/2024

Responsive image Responsive image