RESOLUCIONES



                                                                    SALTA, 24 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN A.M.T. Nº 241/24

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

VISTO:

El Expte. Nº 0030041-90772/2024-0: “Universidad Nacional de Salta y autoridades de SAETA S.A., de la Autoridad Metropolitana de Transporte -Elevan propuesta referida al Pase Libre estudiantil”, en el marco de las Leyes Nº 7322, 8030 y el Decreto Provincial N° 1103 y el Acta de Directorio Nº 21/24;

CONSIDERANDO:

Que los presentes autos se inician en virtud de reuniones mantenidas entre las autoridades de SAETA S.A., A.M.T. y el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta ante la necesidad de implementar acciones positivas en relación al acceso al beneficio de pase libre de personas que estuvieren realizando sus estudios, en los términos de la Ley Nº 7322 y conforme el Sistema del Boleto Gratuito instituido por Ley Nº 8030, en el marco del actual contexto social, a fin de garantizar el pleno acceso al beneficio en cuestión a estudiantes que se encuentran en real necesidad de contar con el auxilio del Estado para satisfacer el costo del traslado a través de los diferentes medios de transporte de pasajeros masivo, procurando con ello alcanzar y lograr la inclusión educativa y social de los sujetos de derechos del Sistema del Boleto Gratuito.

Que en ejercicio de las facultades atribuidas a esta A.M.T. se dictó la Resolución AMT Nº 13/24 que aprobó el REGLAMENTO PARA EL ACCESO AL REGIMEN DE BOLETO GRATUITO quedando determinado lo siguiente:
“ARTÍCULO 3º: ESTABLECER que SAETA S.A. deberá recabar la información necesario al efecto del artículo precedente practicando los requerimientos correspondientes a las instituciones educativas en general y, en particular, a las instituciones terciarias públicas y privadas, con o sin aporte estatal, que integran el sistema educativo provincial y/o universidades públicas y privadas radicadas en la provincia de Salta, sin perjuicio de las facultades legales de fiscalización atribuidas a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) en la materia”. Ello en tanto que, SAETA S.A. es la encargada de intervenir en todo el procedimiento administrativo de solicitud del beneficio de pase libre...” (art. 2).

Que asimismo, el Título III del Anexo de la Resolución A.M.T. Nº 13/24 prevé la posibilidad que SAETA S.A. pueda resolver situaciones excepcionales de manera debida y fundada, y con interpretación restrictiva.

Que la propuesta formulada a fs. 01, implica que los Sres Decanos de cada Facultad remitirán a SAETA S.A., en carácter de declaración jurada, un listado de alumnos regulares con
trayectoria académica activa en la Universidad Nacional de Salta. Tal información permitirá a SAETA S.A. tener la certeza que los alumnos incluidos en el listado registran actividad académica curricular activa. Debiendo dicha empresa analizar cada caso en particular de manera preliminar.

Que en virtud de lo anterior, y la normativa citada precedentemente se hace oportuno, que el Directorio del organismo autorice, en el marco de lo dispuesto en el TITULO III, inc. a) del ANEXO de la Resolución A.M.T. Nº 13/24, la incorporación de los alumnos regulares con TRAYECTORIA ACADÉMICA ACTIVA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, de manera excepcional, al Régimen de Boleto Gratuito, para la Región Metropolitana de Salta, en los términos de la Ley Nº 7322, conforme el Sistema del Boleto Gratuito instituido por Ley Nº 8030.

Que a fs. 06 y 12, ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, DD.HH. y Trabajo.

Que a fs. 09/10, ha intervenido la Gerencia de Legales de SAETA S.A.

Que la Gerencia Jurídica de la Autoridad Metropolitana de Transporte ha emitido el Dictamen correspondiente.

Que por lo expuesto, este Directorio es competente para el dictado del presente acto en virtud de la Ley Nº 7.322 y demás normas complementarias y concordantes.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR, en el marco de lo dispuesto en el TITULO III, inc. a) del ANEXO de la Resolución A.M.T. Nº 13/24, la incorporación de los alumnos regulares con TRAYECTORIA ACADÉMICA ACTIVA EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, de manera excepcional, al Régimen de Boleto Gratuito,para la Región Metropolitana de Salta, en los términos de la Ley Nº 7322, conforme lo instituido por Ley Nº 8030. La citada autorización es hasta 31 de Diciembre de 2024, ello por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que los Sres. Decanos de cada Facultad remitirán a SAETA S.A., en tiempo y forma, en carácter de declaración jurada, el listado de alumnos regulares indicado en el artículo precedente SAETA S.A. efectuará el análisis caso por caso, conforme los considerandos.

ARTÍCULO 3°: DISPONER que SAETA S.A. queda habilitada para solicitar a la Universidad Nacional de Salta listados complementarios a los fines de verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para el acceso al Régimen de Boleto Gratuito.

ARTÍCULO 4°: ESTABLECER que lo dispuesto en la presente comenzará a regir a partir del día siguiente a su debida publicación.

ARTÍCULO 5º: REGISTRAR, publicar por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta y oportunamente archivar.



Ferraris - López




R. S/C N° 100013250
Orden de Publicación: 100114434
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 30/05/2024

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