RESOLUCIONES



SALTA, 24 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 560

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 189.476/23 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 04/24, para la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN DE MURO DE GAVIÓN PARA PROTECCIÓN DE MÁRGENES DEL RÍO LORO HUASI - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 06/24 (fs. 57/58), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 143.793.195,41 (pesos ciento cuarenta y tres millones setecientos noventa y tres mil ciento noventa y cinco con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 60/80, mediante Resolución Nº 02/24 de la Secretaría de Contrataciones, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que a fs. 107, toma intervención el Secretario de Obras Públicas solicitando la suspensión del proceso selectivo de referencia, a los fines de la revisión de la documentación técnica elaborada;

Que a fs. 115/116, mediante Resolución Nº 04/24 de la Secretaría de Contrataciones de Obras Públicas, se suspende el llamado Adjudicación Simple Nº 02/24 de la obra de referencia y se realizan las debidas notificaciones y publicaciones (fs. 117/135 y 148/150);

Que a fs. 151/153, mediante Resolución Nº 22/24 de la Subsecretaría de Procedimiento de Contrataciones de Obras Públicas, deja sin efecto la Resolución Nº 02/24 mediante la cual se dispuso el llamado a Adjudicación Simple Nº 02/24 para la ejecución de dicha obra;

Que a fs. 171/192, mediante Resolución Nº 04/24 de la Subsecretaría de Procedimiento de Contrataciones, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 157 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones al llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 156 en el Boletín Oficial, a fs. 160 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Abril de 2.024 (fs. 239/240), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO S.A.”, “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.” y “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 556/559, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 04/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO S.A.”, por incumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7º, incs. I), p) y o) del P.C.P. y se corrobora que el recibo de compra de pliego presentado (fs. 284) no corresponde a la presente contratación, sino a la Adjudicación Simple Nº 02/24 (fs. 284) y “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, por presentar dos ofertas distintas en su correspondiente sobre, a saber: una en el formulario de propuesta (Anexo 2) por el monto de $ 186.123.814,22 (fs. 313) y otra en la planilla de cómputo y presupuesto realizada en puño y letra por la suma de $ 275.835.492,67 (fs. 314), configurando dicha divergencia un defecto que no puede subsanarse atento que consiste lisa y llanamente en una variación de la oferta económica. Si bien a fs. 526 solicita corregir su oferta económica, incorporando al mismo tiempo un nuevo formulario de propuesta con su cotización incrementada respecto de la original. No obstante, considerando que dicho instrumento se trata de un requisito no susceptible de saneamiento una vez efectuada su presentación en la fecha de apertura (art. 7 del P.C.P.) y teniendo en cuenta que en definitiva se altera sustancial mente la propuesta original y recomienda declarar admisible (en lo relacionado a los requisitos formales) a la oferta presentada por la empresa “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 último párrafo del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en hidráulica suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y su equipamiento es suficiente, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por un monto de $ 268.338.538,33 (pesos doscientos sesenta y ocho millones trescientos treinta y ocho mil quinientos treinta y ocho con 33/100) IVA incluido, a valores
correspondientes al mes de abril del 2.024, que representa un -10,045 % inferior al presupuesto oficial actualizado a valores de marzo de 2.024, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 560/565, rolan las constancias de la notificación del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 567, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 568/569, mediante Dictamen Nº 223/24, rola la intervención de la Dirección de Contratación de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 570, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 12/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 04/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 03/24 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE MURO DE GAVIÓN PARA PROTECCIÓN DE MÁRGENES DEL RIO LORO HUASI - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 143.793.195,41 (pesos ciento cuarenta y tres millones setecientos noventa y tres mil ciento noventa y cinco con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas “DEFENSA Y ENCAUZAMIENTO S.A.”, “CONSTRUCTORA ARGENTINA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa: “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicara la empresa “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.” CUIT Nº 30-71178990-8, la contratación de la obra “CONSTRUCCIÓN DE MURO DE GAVIÓN PARA PROTECCIÓN DE MÁRGENES DEL RIO LORO HUASI - CAFAYATE - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 268.338.538,33 (pesos doscientos sesenta y ocho millones trescientos treinta y ocho mil quinientos treinta y ocho con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ZERO CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4o de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto al Curso de Acción: 041012001101 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 906 - Unidad Geográfica: 21 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente










R. S/C N° 100013257
Orden de Publicación: 100114446
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 31/05/2024

Responsive image Responsive image