RESOLUCIONES



SALTA, 30 de mayo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 574

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 174 - 32.810/21 - Cpde. 15 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4, 5 y 6 de la obra “AMPLIACION HOSPITAL EVA PERON - HIPOLITO YRIGOYEN - DPTO. ORAN -- PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 452/23 a la firma “MARCOS ZARATE S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 43.699.263,34 (pesos cuarenta y tres millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos sesenta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 237/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 51.584.279,15 (pesos cincuenta y un millones quinientos ochenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023;

Que a fs. 02, 43, 77 y 115, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 211 mediante Actuación Nº 88/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 212/213 el Dictamen Nº 303/24 y a fs. 213 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 20,16 %, 8,95 %, 9,21 %, 10,69 % y 44,64 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.023 respectivamente;

Que a fs. 214/218, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 87.259.977,78 (pesos ochenta y siete millones doscientos cincuenta y nueve mil novecientos setenta y siete con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 51.584.279,15 (pesos cincuenta y un millones quinientos ochenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve con 15/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 8.089.260,95 (pesos ocho millones ochenta y nueve mil doscientos sesenta con 95/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 3.588.274,98 (pesos tres millones quinientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y cuatro con 98/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 3.816.231,63 (pesos tres millones ochocientos dieciséis mil doscientos treinta y uno con 63/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 4.100.188,86 (pesos cuatro millones cien mil cientos ochenta y ocho con 86/100) y de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 16.081.742,21 (pesos dieciséis millones ochenta y un mil setecientos cuarenta y dos con 21/100);

Que a fs. 221, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 224/231, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 232/234, mediante Dictamen Nº 214/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 235, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 172/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2, 3, 4, 5 y 6 de la obra “AMPLIACION HOSPITAL EVA PERON - HIPOLITO YRIGOYEN - DPTO. ORAN -- PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 452/23, a la contratista “MARCOS ZARATE S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 237/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 87.259.977,78 (pesos ochenta y siete millones doscientos cincuenta y nueve mil novecientos setenta y siete con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 51.584.279,15 (pesos cincuenta y un millones quinientos ochenta y cuatro mil doscientos setenta y nueve con 15/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 8.089.260,95 (pesos ocho millones ochenta y nueve mil doscientos sesenta con 95/100), de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 3.588.274,98 (pesos tres millones quinientos ochenta y ocho mil doscientos setenta y cuatro con 98/100), de la actualización Nº 4 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 3.816.231,63 (pesos tres millones ochocientos dieciséis mil doscientos treinta y uno con 63/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 4.100.188,86 (pesos cuatro millones cien mil cientos ochenta y ocho con 86/100) y de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 16.081.742,21 (pesos dieciséis millones ochenta y un mil setecientos cuarenta y dos con 21/100);

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “MARCOS ZARATE S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017036501 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 414 - Unidad Geográfica: 126- Ejercicio: 2.024.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100013299
Orden de Publicación: 100114612
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 06/06/2024

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