RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 04 de Junio de 2024

RESOLUCIÓN Nº 85

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386 - 261.338/2020 - Cpde. 98 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la obra “CONSTRUCCIÓN 3ª ETAPA HOSPITAL DEL CARMEN - SAN JOSÉ DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 38/22 del Ministerio de Infraestructura a la empresa “AL INGENIERÍA S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 277.332.821,35 (pesos doscientos setenta y siete millones trescientos treinta y dos mil ochocientos veintiuno con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que asimismo, mediante Resolución Nº 19/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 10, 11 y 12 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 520.910.745,63 (pesos quinientos veinte millones novecientos diez mil setecientos cuarenta y cinco con 63/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023;

Que a fs. 02, 54, 94, 132, 165, 204 y 259, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 95, rola Nota mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 300, mediante Actuación Nº 106/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 302/303 el Dictamen Nº 250/24 y a fs. 303 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 6,89 %, 7,88 %, 19,79 %, 9,60 %, 6,22 %, 8,29 % y 53,35 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Junio, Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2.023 respectivamente;

Que a fs. 304/310, la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 673.055.691,60 (pesos seiscientos setenta y tres millones cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y uno con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 520.910.745,63 (pesos quinientos veinte millones novecientos diez mil setecientos cuarenta y cinco con 63/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 12.804.274,03 (pesos doce millones ochocientos cuatro mil doscientos setenta y cuatro con 03/100), de la actualización N° 14 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 13.272.054,18 (pesos trece millones doscientos setenta y dos mil cincuenta y cuatro con 18/100), de la actualización N° 15 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 28.899.443,35 (pesos veintiocho millones ochocientos noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres con 35/100), de la actualización N° 16 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 13.578.223,45 (pesos trece millones quinientos setenta y ocho mil doscientos veintitrés con 45/100), de la actualización N° 17 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 7.836.321,05 (pesos siete millones ochocientos treinta y seis mil trescientos veintiuno con 05/100), de la actualización N° 18 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 10.459.057,71 (pesos diez millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil cincuenta y siete con 71/100) y de la actualización N° 19 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 65.295.572,20 (pesos sesenta y cinco millones doscientos noventa y cinco mil quinientos setenta y dos con 20/100);

Que a fs. 313/314, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 317/323, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 327/329, mediante Dictamen Nº 240/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 330, mediante Informe N° 175/24, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la obra “CONSTRUCCIÓN 3ª ETAPA HOSPITAL DEL CARMEN - SAN JOSÉ DE METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución 38/22 del Ministerio de Infraestructura a la contratista “AL INGENIERÍA SRL”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 19/24 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 673.055.691,60 (pesos seiscientos setenta y tres millones cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y uno con 60/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023 por la suma de $ 520.910.745,63 (pesos quinientos veinte millones novecientos diez mil setecientos cuarenta y cinco con 63/100), de la actualización Nº 13 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 12.804.274,03 (pesos doce millones ochocientos cuatro mil doscientos setenta y cuatro con 03/100), de la actualización N° 14 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 13.272.054,18 (pesos trece millones doscientos setenta y dos mil cincuenta y cuatro con 18/100), de la actualización N° 15 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 28.899.443,35 (pesos veintiocho millones ochocientos noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres con 35/100), de la actualización N° 16 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 13.578.223,45 (pesos trece millones quinientos setenta y ocho mil doscientos veintitrés con 45/100), de la actualización N° 17 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 7.836.321,05 (pesos siete millones ochocientos treinta y seis mil trescientos veintiuno con 05/100), de la actualización N° 18 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 10.459.057,71 (pesos diez millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil cincuenta y siete con 71/100) y de la actualización N° 19 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 65.295.572,20 (pesos sesenta y cinco millones doscientos noventa y cinco mil quinientos setenta y dos con 20/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “AL INGENIERIA S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017024104 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 410 - Unidad Geográfica: 112 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100013318
Orden de Publicación: 100114657
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 07/06/2024

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