RESOLUCIONES



SALTA, 05 de Junio de 2024

RESOLUCIÓN Nº 586

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 52.277/24 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la entonces Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: "SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A BARRIO NUEVA ESPERANZA ETAPA II - PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, el señor Intendente de la Municipalidad de Payogasta eleva el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual que posibilitará complementar la misma con la ejecución de la Etapa II que comprende la construcción de una nueva red de alumbrado público para suministrar energía eléctrica al Barrio Nueva Esperanza;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una red de alumbrado público, un tablero de comando de alumbrado público y la construcción de una SETA de 100 Kva/33Kv. La misma consiste en: 1) provisión y colocación de artefactos eléctricos led, Colocación de pilar de medición y tablero principal de comando y protección. 3) tendido y cableado y 4) construcción de SETA, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03 y de las especificaciones técnicas de fs. 04/12;

Que, en virtud de ello, a fs. 25/39, la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 98.939.463,47 (pesos noventa y ocho millones novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres con 47/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 26;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Payogasta;

Que a fs. 40, rola el informe Técnico Ambiental Nº 66/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 44, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que conforme a lo informado, la presente contratación se realiza en el marco de la excepción prevista en el artículo 4º del Decreto Nº 45/24, en razón de que resulta imprescindible para completar la obra de construcción de una nueva red de alumbrado público y así garantizar la provisión del servicio de energía eléctrica a la zona intervenida;

Que a fs. 48/52, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 53/54, rola Dictamen Nº 247/24 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 55, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 20/24;

Que a fs. 57, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto N° 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A BARRIO NUEVA ESPERANZA ETAPA II - PAYOGASTA - DPTO. CACHI - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 98.939.463,47 (pesos noventa y ocho millones novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres con 47/100) IVA incluido valores de abril del 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Payogasta.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Payogasta, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007193701 - Proyecto: 987 - Unidad Geográfica: 14 - Financiamiento: FEDEI (209) - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicaren el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100013348
Orden de Publicación: 100114781
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 12/06/2024

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