RESOLUCIONES



SALTA, 11 de junio de 2024

RESOLUCIÓN Nº 609

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 111.226/19 - Cpde. 9 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la obra “MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO SISTEMA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PARAJES LA TROJA Y EL CHAMICAL - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 859/23 a la firma “LU.MAR OBRAS Y SERVICIOS S.A.S.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 27.520.527,44 (pesos veintisiete millones quinientos veinte mil quinientos veintisiete con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023;

Que a fs. 01 y 62, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 120 mediante Actuación Nº 142/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 121/122 el Dictamen Nº 310/24 y a fs. 122 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 59,30 % y 11,73 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Diciembre de 2.023 y Enero de 2.024 respectivamente;

Que a fs. 123/124, la entonces Dirección de Obras de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 47.952.841,48 (pesos cuarenta y siete millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y uno con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 27.520.527,44 (pesos veintisiete millones quinientos veinte mil quinientos veintisiete con 44/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 16.320.025,63 (pesos dieciséis millones trescientos veinte mil veinticinco con 63/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 4.112.288,41 (pesos cuatro millones ciento doce mil doscientos ochenta y ocho con 41/100);

Que a fs. 126, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 129/130, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 134/136, mediante Dictamen Nº 222/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad de los trámites de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que a fs. 137, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 170/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la obra “MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO SISTEMA DE PROVISIÓN DE AGUA POTABLE A PARAJES LA TROJA Y EL CHAMICAL - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 859/23, a la contratista “LU.MAR OBRAS Y SERVICIOS S.A.S.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 859/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 47.952.841,48 (pesos cuarenta y siete millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y uno con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 27.520.527,44 (pesos veintisiete millones quinientos veinte mil quinientos veintisiete con 44/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 16.320.025,63 (pesos dieciséis millones trescientos veinte mil veinticinco con 63/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 4.112.288,41 (pesos cuatro millones ciento doce mil doscientos ochenta y ocho con 41/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “LU.MAR OBRAS Y SERVICIOS S.A.S.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038007002 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 915 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100013413
Orden de Publicación: 100114982
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 19/06/2024

Responsive image Responsive image