RESOLUCIONES



SALTA, 13 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 514

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 164.437/22 - Cpde. 24 y agregados.



VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita la aprobación del Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra “COMUNIDAD LA BENDICIÓN - 2ª ETAPA - REDES DE DISTRIBUCIÓN SECTOR N° 1 - 2 - 3 - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 458/23 a la firma “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 113.178.432,84 (pesos ciento trece millones ciento setenta y ocho mil cuatrocientos treinta y dos con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;

Que a fs. 01/02, la Inspección de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., eleva a consideración de la superioridad el cuadro modificatorio y compensatorio de la obra de referencia, manifestando los motivos que dieran lugar al mismo y la variabilidad del monto del contrato, surgido del balance económico entre economías y demasías (fs. 87/88);

Que el presente cuadro modificatorio surge como consecuencia de los cambios en el sistema de fundación y emplazamiento del tanque elevado, ya que el Estudio Geotécnico realizado recomienda el uso de un sistema indirecto como pozo romano, por lo que debe modificarse el volumen de excavación y de hormigón, y debido a la presencia de un gasoducto, se debe modificar el lugar de emplazamiento del tanque, debiendo realizar trabajos de desmonte y limpieza en el nuevo lugar, como así también debido a que en la Comunidad La Bendición el servicio de agua no es operado por ninguna empresa, no resulta necesaria la colocación de los medidores previstos originariamente;

Que a fs. 89, mediante Actuación Nº 83/24, rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 90/91 el Dictamen Nº 186/24 y a fs. 91 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, que estiman que el presente cuadro modificatorio y compensatorio resulta razonable, surgiendo una demasía de $ 8.500.225,74 (pesos ocho millones quinientos mil doscientos veinticinco con 74/100) respecto al monto del contrato original;

Que a fs. 92, la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que la demasía del Cuadro Modificatorio asciende a la suma de $ 8.500.225,74 (pesos ocho millones quinientos mil doscientos veinticinco con 74/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, quedando el monto del contrato en la suma de $ 121.678.658,58 (pesos ciento veintiún millones seiscientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, contando con la conformidad de la contratista;

Que a fs. 93, la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva presta conformidad al presente cuadro modificatorio y compensatorio requerido;

Que a fs. 94, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, efectuando la imputación presupuestaria del gasto;

Que a fs. 97, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 y del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 102/103, mediante Dictamen Nº 162/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P., toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del Cuadro Modificatorio de referencia;

Que a fs. 104, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante Informe Nº 13/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley N° 8.072 y los artículos 67 y 5, pto. B) inc. 7) de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación correspondiente al Cuadro Modificatorio Nº 1 de la obra “COMUNIDAD LA BENDICIÓN - 2ª ETAPA - REDES DE DISTRIBUCIÓN SECTOR N° 1 - 2 - 3 - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la firma “IGLESIAS, LUCAS PEDRO” y que representa una demasía que asciende a la suma de $ 8.500.225,74 (pesos ocho millones quinientos mil doscientos veinticinco con 74/100) en relación a la obra básica, quedando el monto del contrato en la suma de $ 121.678.658,58 (pesos ciento veintiún millones seiscientos setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, el que como Anexo 5 rola a fs. 86/88 de estas actuaciones y forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Suscribir la respectiva Addenda Modificatoria del Contrato de Obra Pública con la contratista “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, por los montos y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038012902 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 870 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO


R. S/C N° 100013120
Orden de Publicación: 100114005
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 16/05/2024

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