ACORDADAS



ACORDADA Nº 14.138

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

En la ciudad de Salta, a los 20 días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia la señora Presidenta, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que la Ley Nº 5.117 estableció la retribución de los Jueces de Paz Legos por las actuaciones judiciales, notariales o comisiones asignadas por los distintos tribunales, cuyos valores fueron sucesivamente actualizados por Acordadas 10613, 11133, 11276, 11507, 11510, 11823, 12050, 12340, 12510, 12763, 12994, 13230, 13437, 13713, 13887 y 14039.

Que el tiempo transcurrido desde el dictado de aquellos instrumentos más las variaciones producidas en el contexto económico actual, aconsejan adecuar las sumas allí establecidas.

Por ello, y lo dispuesto en el art. 153 apartado I incisos a) y b) de la Constitución Provincial y en el art. 16 de la Ley Nº 5.117, modificado por la Ley 5.303,

ACORDARON:

I. FIJAR los honorarios de los Jueces de Paz Legos por su intervención en actuaciones judiciales, en las sumas que se detallan en el anexo de la presente.

II. DEJAR ESTABLECIDO que la presente entrará en vigencia a partir del 1o de mayo de 2024.

III. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que da fe.



Teresa Ovejero Cornejo, PRESIDENTA -  Adriana Rodríguez Faraldo,  María Edit Nallim, JUEZAS -  Ernesto R. Samsón,  Pablo López Viñals,  José Gabriel Chibán, Guillermo Alberto Catalano, JUECES - Dr. Juan Allena Cornejo, SECRETARIO DE CORTE DE ACTUACIÓN





VER ANEXO


R. S/C N° 100013173
Orden de Publicación: 100114210
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 23/05/2024

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