RESOLUCIONES



SALTA, 21 de Mayo de 2024

RESOLUCIÓN Nº 010/2024

SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

Expediente Nº 165-67974/2024-0



VISTO la Ley Provincial Nº 6.633, Decreto 1893/92 y Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable se aprueba el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo en el ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo, designando en su artículo 3º a la misma como autoridad de aplicación;

Que conforme lo establece el artículo 4º de la mencionada resolución, queda facultada esta Secretaría a dictar las normativas complementarias y necesarias para la plena operatividad del régimen;

Que en el Anexo del Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo, se establecen tres líneas de financiamiento, a saber: “Línea A: Promoción” hasta $500.000, “Línea B: Consolidación” hasta $1.000.000 y “Línea C: Fortalecimiento” hasta $200.000;

Que la actualización de los montos de financiamiento resulta fundamental para garantizar que el programa continúe cumpliendo su objetivo de financiar el capital de trabajo, inversión y capacitación necesarios para reactivar las actividades y servicios de las cooperativas;

Que, asimismo, contar con líneas de créditos fortalecidas y adaptadas a la inflación ocurrida desde la aprobación del programa contribuye al desarrollo sostenible del sector cooperativo de la provincia;

Que la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo ha tomado la intervención correspondiente;

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícanse los montos máximos para financiamiento fijados en el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo aprobado por Resolución Nº 78/22 del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, Anexo, apartado C, de acuerdo al siguiente detalle:



CATEGORÍA LINEAS MONTO PLAZO GARANTIAS PERÍODO

MAXIMO TOTAL DE GRACIA

PROMOCION
LINEA A $1.000.000.

SERAN GARANTES SOLIDARIOS MEDIANTE PAGARÉ EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO Y EL TESORERO

CONSOLIDACION LINEA B $10.000.000.- 18 CUOTAS TASA 0% POSIBILIDAD DE ADELANTAR

3 meses.

FORTALECIMIENTO LINEA C $500.000. APORTES NO PRESENTAR LA

REEMBOLSA- BLES RENDICIÓN DE CRÉDITOS LÍNEA A O B

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ARTÍCULO 2º.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Avellaneda




R. S/C N° 100013214
Orden de Publicación: 100114298
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 24/05/2024

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