SALTA, 18 de Julio de 2024
DISPOSICIÓN Nº 85/24
AGENCIA DE CONTENCIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO
Expediente Nº 440-86544/2024-0
VISTO, la Adjudicación Simple N° 29/24; y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del art. 14 de la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, se lleva a cabo el procedimiento de Adjudicación Simple tendiente a la adquisición de productos de librería destinados al Área Operativa de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario;
Que se efectuó la publicación e invitaciones de conformidad a lo previsto en los arts. 9º y 30º de la Ley Nº 8.072 , a los arts. 9º, 10º, 40º y 41º del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y art. 2° de Resolución Nº 114/19 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;
Que se presentaron dos oferentes: “HERSAPEL S.R.L.”, CUIT 30-63371747-4 por un monto de $ 54.722,00 (pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintidós con 00/100) y la Firma “LIBRERÍA SAN PABLO”, CUIT 30-58351679-0 por un monto de $ 50.488,10 (pesos cincuenta mil cuatrocientos ochenta y ocho con 10/10);
Que en los términos normados por las Res. 37/24 del M.E. y Res. N° 16/21 del M.E. han tomado intervención las áreas respectivas del estado;
Que en el marco de lo dispuesto por el Art. 14. de la Ley Nº 8.072 de Sistema de Contrataciones de la Provincia, art. 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello;
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE CONTENCIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar Adjudicación Simple N° 29/24, tendiente a la adquisición de productos de librería destinados al Área operativa de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario, en el marco de lo dispuesto por el Art. 14 de la Ley Nº 8.072 del Sistema de Contrataciones de la Provincia y art. 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18.
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar la Adjudicación Simple Nº 29/24, conforme al siguiente detalle: a la firma “HERSAPEL S.R.L.”, CUIT 30-63371747-4, los renglones Nº 1, 2, 3, 6, 7, 11 y 12, por un monto de $ 54.722,00 (pesos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintidós con 00/100) y a la Firma “LIBRERÍA SAN PABLO”, CUIT 30-58351679-0, los renglones Nº 4, 5, 8 y 9 por un monto de $ 50.488,10 (pesos cincuenta mil cuatrocientos ochenta y ocho con 10/10), por ser las ofertas más convenientes y ajustarse ambos al pliego de condiciones.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente será solventado con partidas presupuestarias correspondientes a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación.
ARTÍCULO 4°.- Registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Peñalba