SALTA, 22 de Julio de 2024
RESOLUCIÓN Nº 712
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 13.935/23 - Cpde. 16 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA PARAJE 15 VIVIENDAS - RIVADAVIA BANDA NORTE - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 311/23 a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, suscribiéndose el Convenio de Obra Pública por la suma de $ 36.376.215,65 (pesos treinta y seis millones trescientos setenta y seis mil doscientos quince con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 231/24 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de 6.999.193,03 (pesos seis millones novecientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;
Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 26, mediante Actuación Nº 236/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 27/28 el Dictamen Nº 482/24 y a fs. 28 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 312,68 % del valor del convenio y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo del 2.024;
Que a fs. 29, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 28.884.490,25 (pesos veintiocho millones ochocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 6.999.193,03 (pesos seis millones novecientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres con 03/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 21.885.297,22 (pesos veintiún millones ochocientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y siete con 22/100);
Que a fs. 31, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 34/36, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 37/38, mediante Dictamen Nº 291/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 39, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe 215/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE PARA PARAJE 15 VIVIENDAS - RIVADAVIA BANDA NORTE - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 231/24, a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Convenio de Obra Pública Adicional Nº 1, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 231/24, estableciendo un nuevo monto total del convenio en la suma de $ 28.884.490,25 (pesos veintiocho millones ochocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 6.999.193,03 (pesos seis millones novecientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres con 03/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.024 por la suma de $ 21.885.297,22 (pesos veintiún millones ochocientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y siete con 22/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Convenio mencionado con la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019003 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 809 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente