La Dra. Claudia Güemes, Juzg. de 1º Inst. en lo Civil de Personas y Familia 3ª Nominación, Secretaría de la Dra. Daniela Fico, en los autos caratulados “MEDINA, DOMINGO ZENON POR ACCIONES REFERIDAS AL NOMBRE EXP 815199/23”, cita y emplaza a todos aquellos que se consideren con derecho a formular la oposición pertinente sobre lo actuado en los presentes autos, donde el Sr. Medina, Domingo Zenon, DNI Nº 12.910.088 solicita el cambio de nombre en virtud del artículo 70 CCyC: “Proceso. Todos los cambios de prenombre o apellido deben tramitar por el proceso mas abreviado que prevea la ley local, con intervención del Ministerio Público. El pedido debe publicarse en el diario oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Puede formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Debe requerirse información sobre medidas precautorias existentes respecto del interesado. La sentencia es oponible a terceros desde su inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Deben rectificarse todas las partidas, títulos y asientos registrales que sean necesarios". Publíquese en el Boletín Oficial una vez por mes, en el lapso de dos meses. Firmado: Dra. Claudia N. Güemes, Jueza.
SALTA, 12 de Agosto de 2024.
Dra. Claudia Noemí Güemes, JUEZA