Salta, 31 de Mayo de 2023
RESOLUCIÓN Nº 55/2023 BIS.
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
VISTO
La Asamblea Ordinaria celebrada en fecha 29/05/2023, en el que se ha tratado como orden del día la modificación del cronograma de pagos de los beneficios previsionales; y,
Lo dispuesto en el art. 14 inc. d) de la Ley Nº 6.556/89 modificada parcialmente por Ley N° 6.787/95, por Ley Nº 7.507/08 y por Ley Nº 8.237/21;
CONSIDERANDO:
Que, a partir del tratamiento del Orden del día de dicha Asamblea, se aprobó la modificación del cronograma de pagos según lo propuesto por el Consejo de Administración, estableciendo el pago efectivo de los beneficios previsionales que otorga la Institución a sus afiliados el cuarto día hábil siguiente al período devengado y liquidado de cada mes, a partir del mes de junio de 2023.
En el mencionado acto asambleario se ha expuesto una proyección de fechas de pagos durante el año 2023, con el objetivo de poner a la vista de los afiliados presentes las fechas en que recaería el pago de los beneficios por aplicación de esta disposición.
Si bien la misma tuvo una finalidad ejemplificativa, se tiene en consideración el objetivo primero de la medida tratada y aprobada por asamblea, es decir, ante la vigencia de los aumentos en los aportes y beneficios previsionales conforme los acuerdos salariales celebrados por el Ministerio de Salud Publica de la Provincia, la gestión operativa y el pago de los haberes previsionales queda condicionado hasta último momento de cada mes a dichas determinaciones del Poder Ejecutivo. Consecuentemente, debe resolverse de manera definitiva y hasta tanto el órgano de gobierno de la institución disponga lo contrario, que las fechas de pago aportes previsionales serán el cuarto día hábil siguiente al período mensual liquidado.
Que, por aplicación de las disposiciones resueltas, y por las facultades conferidas en el art. 14º inc. d), de la Ley Nº 6.556/89 modificada parcialmente por Ley Nº 6.787/95, por Ley Nº 7.507/08 y por Ley Nº 8.237/21.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES
PARA MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: DISPONER como fecha de pagos para la liquidación de los beneficios previsionales otorgados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de la Provincia de Salta a sus afiliados, el cuarto día hábil siguiente al período mensual devengado y liquidado, a partir del mes de junio de 2023, y en adelante.
ARTICULO 2º: CÓPIESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE.
Dr. Maximiliano Javier Farfán, PRESIDENTE - Dr. Enzo Lucas Triggiano, VICEPRESIDENTE - Dr. Gustavo Adolfo Vacaflor, TESORERO - Dr. Raul Domingo Rios, PRO-TESORERO - Dr. Juan Felix Dellmans, VOCAL TITULAR - Dr. Julio Octavio Montellano, SÍNDICO TITULAR