EZEIMAR SRL
Por instrumento privado, de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil veintitrés y adenda de fecha ocho de abril del año dos mil veinticuatro, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada, Ezeimar S.R.L., con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Manuela G. de Todd 1.068 - B° Villa Soledad, de la provincia de Salta.
Socios: Sr. Horacio Cruz, DNI N° 29.551.511, CUIT 20-29551511-3, de nacionalidad argentina, nacido el 19 de octubre de 1982, profesión: técnico eléctrico y chofer, estado civil: soltero, con domicilio real en calle Suripujio s/n, Yaví, Jujuy; y el Sr. Ezequiel Horacio Cruz, DNI N° 44.857.441, CUIL N° 20-44857441-6, de nacionalidad argentina, nacido 06 de junio de 2003, de profesión estudiante y chofer, estado civil: soltero, con domicilio real en calle Suripujio s/n, Yaví, en la provincia de Jujuy.
Plazo de Duración: 50 años.
Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: a) Transporte de pasajeros y/o de cargas, de corta, media y larga distancia, de conformidad con las concesiones, permisos y/o autorizaciones que le otorguen las autoridades competentes en el orden nacional, provincial o municipal según correspondiere; b) Transporte privado a empresas públicas o privadas; c) Viajes especiales y cualquier otra actividad vinculada al mantenimiento de la actividad principal; d) Comercialización en todas sus formas compraventa, permuta, exportación e importación, comisión, cesión, mandato, leasing, consignación, representación, fabricación, distribución de todos los productos relacionados al transporte automotor de pasajeros y de carga; e) Alquiler de Automotores: compañía de Rent a Car, alquiler de vehículos (autos, camiones, camionetas, motos, motonetas, bicicletas y cualquier otro tipo de vehículos con y sin chofer, pudiendo para ellos adquirir franquicias, tomar representaciones y comisiones, brindar servicio nacional y/o internacional a tal fin podrá alquilar autos propios o ajenos dados a la sociedad pare este fin y para ser conducidos por los arrendatarios por la República Argentina o fuera de ella; pudiendo comprar o vender los mismos, realizar contratos de locación, de compra venta, de todos los equipos y accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto. Podrá representar como franquiciado, o agente de empresa dedicada a turismo y rentas de automóviles, contratando su relación comercial en las condiciones y términos que el sistema de franquicia prevea. Podrá representar como franquiciado, productor o agente de empresas hoteleras, turismo y Rent a car, tendientes a las coberturas de los servicios que conformen al objeto deba cubrir, como así también los rubros que las aseguradoras exijan o presenten.
Para la realización de sus fines, la sociedad podrá: 1) Comprar, vender, ceder y gravar inmuebles, semovientes, marcas y patentes, títulos valores y cualquier otro bien muebles o inmueble; 2) Celebrar contrato con autoridades estatales o con personas físicas o jurídicas ya sean estas últimas sociedades civiles o comerciales, tenga o no participación en ellas; 3) Gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales; 4) Dar y tomar bienes raíces en arrendamiento aunque sea por más de seis años; 5) Construir sobre bienes inmuebles toda clase de derechos reales.
Capital: el capital social es de $ 5.000.000,00 (pesos cinco millones) representado por 5.000 (cinco mil) cuotas sociales de valor nominal $ 1.000,00 (pesos mil) cada una y con derecho a un voto por cuota. El capital se suscribe en su totalidad en este acto, de acuerdo al siguiente detalle: el señor Horacio Cruz suscribe 3.000 (tres mil) cuotas de $ 1.000,00 (pesos mil) cada una y el señor Ezequiel Horacio Cruz, suscribe 2.000 (dos mil) cuotas de $ 1.000,00 (pesos mil) e integran en este acto el 25 % en dinero en efectivo y el saldo en el plazo de 2 (dos) años computados a partir de la suscripción del presente.
Administración: la sociedad será dirigida y administrada por una gerencia que tendrá el carácter unipersonal, con sus correspondientes suplentes.
Administradores: la gerencia será dirigida por el Sr. Horacio Cruz - DNI Nº 29.551.511 (socio), con facultades amplias de representación y administración, tendrá a su cargo el uso de la firma social y representará a la sociedad e todos los actos atinentes al cumplimiento de su objeto social; y la suplencia por el Sr. Ezequiel Horacio Cruz (socio) quien actuará en caso de imposibilidad del Gerente, con las mismas facultades de aquel siendo la duración en el cargo durante 5 (cinco) años y podrá ser reelecto en el mismo indefinidamente. Constituyendo en favor de la sociedad Póliza de seguro Nro. 32/030521, por el monto de $ 6.000.000,00 (pesos seis millones), con vencimiento el día veintiuno de setiembre de dos mil veinticuatro.
Tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de actos jurídicos, incluso aquellos para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63; adquirir, enajenar, constituir, modificar y extinguir derechos reales sobre inmuebles o muebles, derechos personales y derechos intelectuales; operar con bancos oficiales, mixtos o privados y demás instituciones de crédito, constituidas en el país o en el extranjero, y otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades.
Fiscalización: la sociedad opta por prescindir del órgano de fiscalización.
Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de Diciembre.
Abdo Bressanutti, ASESOR LEGAL - DIRECCIÓN GENERAL DE SOCIEDADES