SALTA, 11 de Septiembre de 2.024
RESOLUCIÓN Nº 878
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 3.903/23 - Cpde. 45 y agregados.
VISTO la documentación técnica de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra “CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS VARIOS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. 306/23 (fs. 41), se adjudica la ejecución de la mencionada obra a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 69.593.913,02 (pesos sesenta y nueve millones quinientos novena y tres mil novecientos trece con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos (fs. 02/03);
Que a fs. 24, la Inspección de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., eleva el Adicional Nº 1 de la citada obra, adjuntando informe justificativo de su necesidad, la documentación técnica, cómputo y presupuesto, plan de trabajo y curva de inversión correspondiente a las tareas que conforman el mismo (fs. 04/22), manifestando que todos los ítems se corresponden con la obra básica y contando con el visto bueno de la Coordinación General de Obras de la S.O.P. (fs. 24 vta.);
Que las tareas adicionales no previstas en la obra básica consisten en la pintura completa en el sector de biblioteca: Demolición de revoques, revoque interior a la cal grueso y fino terminado al fieltro, pintura al látex interior, pintura al látex exterior, pintura al látex en cielorrasos y limpieza final de obra;
Que a fs. 25, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma de $ 2.892.128,25 (pesos dos millones ochocientos noventa y dos mil ciento veintiocho con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;
Que a fs. 26, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 31/36, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y por Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 37, rola el informe Técnico Ambiental Nº 178/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 38/39, mediante Dictamen Nº 325/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;
Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete, mediante Informe Nº 24/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, articulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,
EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra “CONSTRUCCIÓN DE AULAS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS VARIOS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la Empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” y que asciende a la suma de $ 2.892.128,25 (pesos dos millones ochocientos noventa y dos mil ciento veintiocho con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 18 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 071011128001 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 269 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente