SALTA, 17 de septiembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 914
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 386 - 90.076/24 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “CONSTRUCCION PLAYÓN DEPORTIVO BARRIO SAN NICOLAS - BAÑOS Y VESTUARIOS - CORONEL MOLDES - DPTO. LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/26 y 30/44, el Intendente de la Municipalidad de Coronel Moldes acompaña el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar la infraestructura de la zona intervenida de la citada localidad;
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de un playón deportivo con una batería de sanitarios (mujeres y varones) en B° San Nicolás, ubicado en la zona noroeste de la localidad de Coronel Moldes. También se construirá un cercado olímpico con dos accesos, uno de 3,00 mts de ancho para permitir el acceso a un vehículo de gran porte y otro de 1,50 mts de ancho para acceso de personas, motos y bicicletas, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 50/51 y 16/26;
Que, en virtud de ello, a fs. 45/59, la entonces Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 163.494.953,96 (pesos ciento sesenta y tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y tres con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 52/53;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Coronel Moldes;
Que a fs. 60, rola el informe Técnico Ambiental Nº 106/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 66/67, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 68, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 69/70, rola Dictamen Nº 414/24 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 71, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 86/24;
Que a fs. 73, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCION PLAYÓN DEPORTIVO BARRIO SAN NICOLAS - BAÑOS Y VESTUARIOS - CORONEL MOLDES - DPTO. LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 163.494.953,96 (pesos ciento sesenta y tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y tres con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Coronel Moldes.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Coronel Moldes, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 106.271.720,09 al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 806 - Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Nº 705/57.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente