SALTA, 18 de septiembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 922
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 138.384/22 - Cpde. 23 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 5, 6 y 7 de la obra “CUBIERTA Y REFACCIONES DE PLAYÓN DEPORTIVO UNIDAD CARCELARIA Nº 4 - VILLA LAS ROSAS - SALTA - CAPITAL”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 307/23 a la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 21.602.508,86 (pesos veintiún millones seiscientos dos mil quinientos ocho con 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 477/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 4, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 30.534.987,04 (pesos treinta millones quinientos treinta y cuatro mil novecientos ochenta y siete con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023;
Que a fs. 47/48 y 80, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 16, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 84, mediante Actuación Nº 219/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 85/86 el Dictamen Nº 501/24, y a fs. 86 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 9,44 %, 45,12 y 7,45 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Noviembre del 2.023 y Enero y Febrero del 2.024 respectivamente;
Que a fs. 87/89, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 37.873.186,12 (pesos treinta y siete millones ochocientos setenta y tres mil ciento ochenta y seis con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 30.534.987,04 (pesos treinta millones quinientos treinta y cuatro mil novecientos ochenta y siete con 04/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 1.271.289,49 (pesos un millón doscientos setenta y un mil doscientos ochenta y nueve con 49/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 5.358.036,38 (pesos cinco millones trescientos cincuenta y ocho mil treinta y seis con 38/100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 708.873,21 (pesos setecientos ocho mil ochocientos setenta y tres con 21/100);
Que a fs. 90, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 93/95, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 98/99, mediante Dictamen Nº 411/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad de los trámites de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;
Que a fs. 100, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 5, 6 y 7 de la obra “CUBIERTA Y REFACCIONES DE PLAYÓN DEPORTIVO UNIDAD CARCELARIA Nº 4 - VILLA LAS ROSAS - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 307/23, a la contratista “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 477/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 37.873.186,12 (pesos treinta y siete millones ochocientos setenta y tres mil ciento ochenta y seis con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 30.534.987,04 (pesos treinta millones quinientos treinta y cuatro mil novecientos ochenta y siete con 04/100), de la actualización Nº 5 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 1.271.289,49 (pesos un millón doscientos setenta y un mil doscientos ochenta y nueve con 49/100), de la actualización Nº 6 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 5.358.036,38 (pesos cinco millones trescientos cincuenta y ocho mil treinta y seis con 38/100) y de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 708.873,21 (pesos setecientos ocho mil ochocientos setenta y tres con 21/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 523002001801 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 465 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.
ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente