SALTA, 23 de Septiembre de 2.024
RESOLUCIÓN Nº 933
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 141.290/24 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE ESCUELAS Y COMUNIDADES RURALES LOC. DE CAPITÁN PAGÉS - MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA NORTE - RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/49, el Intendente de la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará la provisión de agua potable en la localidad Capitán Juan Pagés y que permitirá beneficiar a 1500 habitantes;
Que la presente contratación tiene por objeto la ejecución de una nueva torre metálica 8,00 mts de altura, con capacidad para soportar la carga de dos tanques de polietilieno de 10.000 lts. cada uno, las cañerías de impulsión y bajada al tanque elevado, la construcción de casilla de comando y cloración, con su correspondiente carpintería e instalación eléctrica, la realización de cero perimetral, acometida aérea, iluminación externa. Luego de la realización de la obra se hará el desmontaje del tanque existente, conforme al detalle de la Memoria Técnica y Descriptiva y planos de fs. 03 y 31/39;
Que en virtud de ello, a fs. 51/82, la entonces Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 169.844.745,12 (pesos ciento sesenta y nueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cinco con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.024, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 53;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte;
Que a fs. 83, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 156/24, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 90/91, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 37/24 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 92, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 93/94, rola Dictamen Nº 424/24 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 95, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 98/24;
Que a fs. 97, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y la Resolución Nº 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “PROVISION DE AGUA POTABLE Y COMUNIDADES RURALES LOC. DE CAPITÁN PAGÉS - MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA NORTE - RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 169.844.745,12 (pesos ciento sesenta y nueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cinco con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.024, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 0920070195002- Proyecto: 1019 - Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente