A Y J GASTRONOMY SRL
Por instrumento privado con certificación notorial digital, de fecha 25/06/2024, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada A Y J GASTRONOMY S.R.L., con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta y sede social en la calle Reyes Católicos Nº 1300, en la ciudad de Salta, provincia de Salta.
Socios: Claudio Javier Civalero, DNI N° 31.397.186, CUIT 20-31397186-5, de nacionalidad Argentino, nacido el 04/02/1985, profesión: comerciante, estado civil: casado con María Laura Ramorino, con domicilio en Calle Alvarado Nº 1281, en la localidad de Salta, Salta; Esteban Agustin Martínez Moya, DNI N° 40.740.979, CUIT 20-40740979-6, de nacionalidad Argentino, nacido el 24/10/1997, profesión: comerciante, estado civil: casado con Agostina del Milagro Arola De La Rosa, con domicilio en Avenida Belgrano Nº 367 - Torre Nº 1 Piso Nº 8 - Dpto. “B”, en la localidad de Salta, provincia de Salta.
Plazo de Duración: 99 años.
Objeto: la sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros o con participación de terceros: a) Al desarrollo de actividades gastronómicas en toda su extensión, en locales propios y/o de terceros con o sin delivery, fabricación, elaboración, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos o mercaderías vinculadas o conexas con esta actividad. b) Servicios de catering, explotación de concesiones gastronómicas, bares, cervecerías, cafeterías, confiterías, restaurantes, parrillas, pizzerías y/o patios de comidas, distribución de comidas pre- elaboradas y elaboradas y demás actividades afines a la gastronomía. c) Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares. d) La representación y contratación artística en general en todas sus formas, la realización de eventos sociales, y todos los servicios anexos y conexos al mismo, pudiendo realizarlo por cuenta propia y/o de terceros. e) Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. Para el cumplimiento de su objeto social en general, la sociedad podrá celebrar toda clase de contratos, por cuenta propia o de terceros. Dar o recibir préstamos con garantías o sin ellas tales como hipotecas, prendas o fianzas; Comprar o vender propiedades personales o bienes muebles e inmuebles, como cualquier clase de mercancía en su propia cuenta o de terceras personas; Abrir y operar cuentas bancarias; realizar y llevar a cabo todo y cuanto sea necesario para lograr cualquiera de los objetos señalados en este Estatuto Social o cualquier enmienda de los mismos o cuanto sea necesario o conveniente para proteger y beneficiar a la Sociedad.
Capital: $ 1.000.000, dividido por 1.000 cuotas de pesos mil ($ 1.000), valor nominal de cada una. Suscripción: el socio Claudio Javier Civalero suscribe 500 cuotas sociales. El socio Esteban Agustin Martinez Moya suscribe 500 cuotas sociales. Integración: 25 % en efectivo, y el saldo restante en dos años.
Administración: el gerente desempeñará su cargo por tiempo indeterminado. Quien revista el cargo de gerente deberá ser socio de la sociedad. Podrá otorgar poder general de administración siempre y cuando el poder no supere el plazo de su mandato. La Gerencia tiene plena facultad para dirigir y administrar la Sociedad y disponer los bienes, realizando o celebrando cualquier acto y contrato que directa o indirectamente tiendan al cumplimiento del objeto social, teniendo a tal fin todas las facultades legales, incluso las referidas a lo que estipulan los artículos noveno del Decreto Ley 5965/63, y artículo 1881 del Código Civil, pudiendo resolver asuntos no previstos expresamente, siempre que no sean facultades reservadas a los socios. Administradores: se designa como Gerente: a Esteban Agustin Martinez Moya, DNI N° 40.740.979 con domicilio especial en avenida Belgrano Nº 367, en la localidad de Salta, Salta.
Fiscalización: prescinde del órgano de fiscalización.
Síndicos: no establece.
Fecha del cierre del Ejercicio económico: 31/12.
Karcher Moreno, ASESORA LEGAL - INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS