SALTA, 30 de Septiembre de 2024
RESOLUCIÓN GENERAL N° 4038
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
VISTO:
La Resolución General N° 1.179 del 15 de octubre de 2001, que establece que a los fines del pago del Derecho de Certificación de Firmas de este Consejo Profesional, cuando se presenten Estados Contables de pequeñas Cooperativas, los mismos abonan un 50 % de arancel respectivo, siempre que encuadren en las condiciones establecidas para considerarlas pequeñas Cooperativas;
La necesidad de actualizar los parámetros cuantitativos, definidos por el Artículo 1 de la Resolución General Nº 1.179, atento el tiempo transcurrido desde su fijación; y
CONSIDERANDO:
Que es voluntad de este Consejo Profesional mantener la política de contribuir a la reducción del costo para los mencionados comitentes, que exterioricen un patrimonio pequeño o que revelen bajos montos operativos o normales en cuanto a ingresos anuales;
Que resulta necesario adecuar las pautas objetivas fijadas en su oportunidad, para tipificar a los sujetos que se identificaran como pequeñas Cooperativas;
POR TODO ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Modificar los valores, del Artículo 1º de la Resolución General Nº 3.223 del 12 de agosto de 2019, el que queda redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 2º: Definir como pequeñas cooperativas a aquellas que cumplan las siguientes condiciones:
a) Que el monto de activo más pasivo no supere la suma de $ 13.000.000; y
b) Que el monto de ingresos normales u operativos que respondan al giro habitual de la entidad no supere la suma de $ 12.000.000 anuales.”
ARTÍCULO 2°: Derogar la Resolución General N° 3.223 del 12 de agosto de 2019.
ARTÍCULO 3°: Dese a conocimiento de los profesionales matriculados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, cópiese y archívese.
Cr. Néstor Daniel Cáseres, PRESIDENTE - Cr. Oscar René Maigua, SECRETARIO