SALTA, 3 de octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 962
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 321 - 231.291/18 Cpde. 73 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 14 de la obra “AMPLIACIÓN CENTRO DE SALUD BARRIO GÜEMES - ORÁN - DPTO. SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 746/22 a la firma “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 51.801.896,23 (pesos cincuenta y un millones ochocientos un mil ochocientos noventa y seis con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 520/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 125.622.925,43 (pesos ciento veinticinco millones seiscientos veintidós mil novecientos veinticinco con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023;
Que a fs. 10, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 15 vta., rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 21, mediante Actuación Nº 270/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 22/23 el Dictamen Nº 593/24 y a fs. 23 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 13,77% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024;
Que a fs. 24, la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 127.899.450,97 (pesos ciento veintisiete millones ochocientos noventa y nueve mil cuatrocientos cincuenta con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 125.622.925,43 (pesos ciento veinticinco millones seiscientos veintidós mil novecientos veinticinco con 43/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 2.276.525.54 (pesos dos millones doscientos setenta y seis mil quinientos veinticinco con 54/100);
Que a fs. 26, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 29, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 32/33, mediante Dictamen Nº 457/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 34, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 14 de la obra “AMPLIACIÓN CENTRO DE SALUD BARRIO GÜEMES - ORÁN - DPTO. SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 746/22 a la contratista “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 520/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 127.899.450,97 (pesos ciento veintisiete millones ochocientos noventa y nueve mil cuatrocientos cincuenta con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 125.622.925,43 (pesos ciento veinticinco millones seiscientos veintidós mil novecientos veinticinco con 43/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024 por la suma de $ 2.276.525.54 (pesos dos millones doscientos setenta y seis mil quinientos veinticinco con 54/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel A. Rodríguez”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017034201 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 416 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente