RESOLUCIONES



SALTA, 16 de Octubre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 996

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 220.658/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 13/24, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS COLEGIO Nº 5080 Y COLEGIO Nº 5082 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 743/24 (fs. 99/100), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 86.685.385,84 (pesos ochenta y seis millones seiscientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta y cinco con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 120/140, mediante Resolución Nº 13/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 146 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 143 en el Boletín Oficial y a fs. 147 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Agosto de 2.024 (fs. 175/176), presentaron sus ofertas 04 (cuatro) empresas: “CEyBA S.R.L.”, “SILIOTTO S.R.L.”, “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ” e “INSECA S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 384/389, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 13/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “CEYBA S.R.L.”, ya que de la planilla de cómputo y presupuesto - Anexo 3 y del análisis de precios unitarios - Anexo 4 (fs. 186/192) se puede verificar en el ítem Nº 7.2 Mortero proyectado (m3 - 400 kg) que la cantidad de kilogramos de cemento (112.50 kg) resulta insuficiente para realizar la unidad del ítem; también para el ítem N° 1:Instalación sanitaria es la descripción global en su análisis de precios resulta insuficiente y poco veraz la cotización presentada, la cual reviste una importancia significativa en la obra; “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ” , ya que de la planilla de cómputo y presupuesto - Anexo 3 y el análisis de precios unitarios - Anexo 4 (fs. 249/270), se puede verificar en el ítem Nº 4.2 cimiento corrido de Hº ciclópeo (m3 - 30 kg); que la cantidad de kilogramo de cemento (10 kg) resulta insuficiente para realizar la unidad del ítem; también en el ítem Nº 7.2 Mortero proyectado (m3 - 400 kg); que la cantidad de kilogramos de cemento (10.57 kg) resulta insuficiente y la omisión de malla Ø6 mm de 15x15 cm son materiales imprescindibles para la ejecución del ítem descrito en el pliego especificaciones técnicas particulares y observando el ítem 12:Instalación sanitaria la descripción global en su análisis de precios es de una estimación superficial para esta comisión, ya que este ítem es de primordial para la obra; e “INSECA S.R.L.”, ya que de la planilla de cómputo y presupuesto - Anexo 3 y el análisis de precios unitarios - Anexo 4 (fs. 298/322), se puede verificar en el ítem Nº 7.2 Mortero proyectado (m3 -400 kg); la cantidad de kilogramo de cemento considerada (95.00 kg) resulta insuficiente para realizar la unidad del ítem, continuando también con el ítem 12:Instalación sanitaria en la descripción de su análisis de precios se denota incompleta (falta colocar grifería) e insuficiente, y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales a la oferta presentada por la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por un monto de $124.323.031,24 (pesos ciento veinticuatro millones trescientos veintitrés mil treinta y uno con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.024, que representa un 1,96 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 390/397, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran observaciones al mismo;

Que a fs. 417 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación definitiva del gasto correspondiente de fs. 94;

Que a fs. 418/419, mediante Dictamen Nº 477/24, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 420, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 23/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 13/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 743/24 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS COLEGIO Nº 5080 Y COLEGIO Nº 5082 - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $86.685.385,84 (pesos ochenta y seis millones seiscientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta y cinco con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas “CEyBA S.R.L.”, “HERNAN ESTEBAN RODRIGUEZ LOPEZ” e “INSECA S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “SILIOTTO S.R.L , por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar la obra mencionada en el Artículo 1º de la presente resolución a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, CUIT Nº 30-70965076-5, por un monto de $ 124.323.031,24 (pesos ciento veinticuatro millones trescientos veintitrés mil treinta y uno con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.024, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputara hasta la suma de $ 86.685.385,64 al Curso de Acción: 071011005207 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1008 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.

ARTICULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.





De la Fuente




R. S/C N° 100014703
Orden de Publicación: 100118942
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 28/10/2024

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