SALTA, 21 de Octubre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1000
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 255.408/23 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 31/24 llevado a cabo para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN E.E.T. Nº 4.079 Y ESC. Nº 4.363 B. RIVADAVIA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. Nº 867/24 (fs. 82/83), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 91.720.900,99 (pesos noventa y un millones setecientos veinte mil novecientos con 99/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 85/115, mediante Resolución Nº 33/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 120, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 121 en el Boletín Oficial, y a fs. 122 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar/ garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 07 de Octubre de 2.024 (fs. 138), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso, criterio igualmente recomendado por la Comisión de Preadjudicacion designada al efecto (fs. 139);
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 143/144, mediante Dictamen Nº 498/24, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta a la adjudicación simple mencionada;
Que a fs. 145, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 94/24;
Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 31/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 867/24 para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN E.E.T. Nº 4.079 Y ESC. Nº 4.363 B. RIVADAVIA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 91.720.900,99 (pesos noventa y un millones setecientos veinte mil novecientos con 99/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Declarar desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 31/24 mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolución por falta de presentación de ofertas.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la entonces Dirección de Obras de Educación de la Secretaría de Obras Públicas, a realizar los trámites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente