SALTA, 01 de Octubre de 2024
DISPOSICIÓN Nº 124/24
AGENCIA DE CONTENCIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO
Expte. N° 440-181742/2024-0
>VISTO, la solicitud de adquisición de módulos alimentarios realizada por la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario; y,
CONSIDERANDO:
>Que el Jefe de Área de Articulación y Administración de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario solicita la adquisición de 3.000 módulos alimentarios, contando con la anuencia del Sr. Director de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario;
Que se ha dado intervención a la Secretaría de Finanzas autorizando el gasto requerido, conforme Res. 37/24 del M.E. y S.P.;
Que ha tomado intervención el Servicio Administrativo Financiero, la Dirección de Legales y Convenios y la Unidad de Sindicatura Interna, de conformidad al art. 2° de la Res. 16/21 del M.E. y S.P.;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13° de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso b), 7 y 15 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018 y Resolución Nro. 29/18 de la Secretaría de Procedimiento de Contrataciones, corresponde dictar el presente instrumento;
Por ello;
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE CONTENCIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR el llamado a la Licitación Pública, tendiente a la adquisición de 3000 módulos alimentarios, de acuerdo al monto debidamente autorizado por la Secretaría de Finanzas, en el marco de lo dispuesto por el art. 13 de la Ley N° 8.072, Dto. 1319/18 y reglamentación de la Secretaría de Procedimiento de Contrataciones.
ARTÍCULO 2º.- ENCOMENDAR a la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a efectuar el llamado a Licitación Pública y a realizar todos los trámites de la presente contratación, hasta la preadjudicación correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a las respectivas partidas de la jurisdicción y CA correspondiente a la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario - Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Peñalba