DE LA EDICIÓN N° 21.794 DE FECHA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2024
SECCIÓN COMERCIAL
CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD
EZEIMAR SRL
O.P. N° 100117524
Páginas N° 62 a 64
Donde Dice:
Por instrumento privado, de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil veintitrés y adenda de fecha ocho de abril del año dos mil veinticuatro, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada, Ezeimar SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Manuela G. de Todd Nº 1068 - B° Villa Soledad, de la provincia de Salta.
Debe Decir:
Por instrumento privado, de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil veintitrés y adendas de fecha ocho de marzo del año dos mil veinticuatro y nueve de abril de dos mil veinticuatro, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, Ezeimar SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle Manuela G. de Todd Nº 1068 - B° Villa Soledad, de la provincia de Salta.
Donde Dice:
Administradores: la gerencia será dirigida por el Sr. Horacio Cruz - DNI Nº 29.551.511 (socio), con facultades amplias de representación y administración, tendrá a su cargo el uso de la firma social y representará a la sociedad e todos los actos atinentes al cumplimiento de su objeto social; y la suplencia por el Sr. Ezequiel Horacio Cruz (socio) quien actuará en caso de imposibilidad del Gerente, con las mismas facultades de aquel siendo la duración en el cargo durante 5 (cinco) años y podrá ser reelecto en el mismo indefinidamente. Constituyendo en favor de la sociedad Póliza de seguro Nro. 32/030521, por el monto de $ 6.000.000,00 (pesos seis millones), con vencimiento el día veintiuno de setiembre de dos mil veinticuatro.Tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de actos jurídicos, incluso aquellos para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del decreto Ley 5965/63; adquirir, enajenar, constituir, modificar y extinguir derechos reales sobre inmuebles o muebles, derechos personales y derechos intelectuales; operar con bancos oficiales, mixtos o privados y demás instituciones de crédito, constituidas en el país o en el extranjero, y otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades.
Debe Decir:
Administradores: la gerencia será dirigida por el Sr. Horacio Cruz - DNI Nº 29.551.511 (socio), con facultades amplias de representación y administración, tendrá a su cargo el uso de la firma social y representará a la sociedad e todos los actos atinentes al cumplimiento de su objeto social; y la suplencia por el Sr. Ezequiel Horacio Cruz DNI N° 44.857.441 (socio) quien actuará en caso de imposibilidad del Gerente, con las mismas facultades de aquel siendo la duración en el cargo durante 5 (cinco) años y podrá ser reelecto en el mismo indefinidamente. Constituyendo en favor de la sociedad Póliza de seguro Nro. 32/030521, por el monto de $ 6.000.000,00 (pesos seis millones), con vencimiento el día veintiuno de setiembre de dos mil veinticuatro. Tiene plenas facultades para dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto, pudiendo en consecuencia celebrar todo tipo de actos jurídicos, incluso aquellos para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 9 del decreto ley 5965/63; adquirir, enajenar, constituir, modificar y extinguir derechos reales sobre inmuebles o muebles, derechos personales y derechos intelectuales; operar con bancos oficiales, mixtos o privados y demás instituciones de crédito, constituidas en el país o en el extranjero, y otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a una o más personas dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la Ley General de Sociedades.
Cancinos Diaz, DIRECTORA GENERAL DE SOCIEDADES