SALTA, 04 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1041
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 31.571/24 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 21/24, para la contratación de la obra “CAMBIO INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN ESCUELA Nº 402 “GRAL. JUSTO JOSÉ DE URQUIZA” - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución S.O.P. Nº 820/24 (fs. 101/102), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 138.733.205,31 (pesos ciento treinta y ocho millones setecientos treinta y tres mil doscientos cinco con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 104/122, mediante Resolución Nº 22/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Publicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 128 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 127 en el Boletín Oficial y a fs. 129 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 23 de Septiembre de 2.024 (fs. 163/164), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “GALLAGHER JUAN PABLO” y “MELLE S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 216/220, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 22/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “GALLAGHER JUAN PABLO”, ya que omite garantizar datos en relación a los ventiladores soliviados (fs. 177), cuando el pliego de especificaciones técnicas particulares, requiere se garanticen todos los materiales a involucrar en la obra y no cotiza mano de obra especializada en los ítems 8.1 y 8.3 (fs. 174), contraviniendo con ello lo especificado en el mismo pliego, el cual expresamente la requiere para la totalidad del rubro instalaciones eléctricas y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “MELLE S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta, presenta su Planilla de Datos Garantizados de manera correcta para su aceptación y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida, incluida la especializada para el rubro instalaciones eléctricas;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “MELLE S.R.L.”, por un monto de $192.032.145,15 (pesos ciento noventa y dos millones treinta y dos mil ciento cuarenta y cinco con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, que representa un -2,84 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 228/232, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten observaciones al mismo;
Que a fs. 236, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 237/238, mediante Dictamen Nº 373/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 239, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 36/24;
Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 21/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 820/24, para la ejecución de la obra “CAMBIO INSTALACIÓN ELÉCTRICA EN ESCUELA Nº 402 “GRAL. JUSTO JOSÉ DE URQUIZA” - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 138.733.205,31 (pesos ciento treinta y ocho millones setecientos treinta y tres mil doscientos cinco con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.024, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “GALLAGHER JUAN PABLO”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “MELLE S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar la contratación mencionada en el Artículo 1° de la presente resolución a la empresa “MELLE S.R.L.” CUIT N° 30-71500778-5, por un monto de $192.032.145,15 (pesos ciento noventa y dos millones treinta y dos mil ciento cuarenta y cinco con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MELLE S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputara hasta la suma de $ 95.209.147,89 al Curso de Acción: 071011130401 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 1100 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.
ARTICULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 9º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente