SALTA, 07 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1050
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 369 - 170.043/22 - Cpde. 12 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES EN CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 285/23 a la firma “REYCAS S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 689.584,23 (pesos seiscientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta y cuatro con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;
Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 06 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 23, mediante Actuación Nº 225/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 27/28 el Dictamen Nº 685/24 y a fs. 28 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 22,85 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Junio del 2.023;
Que a fs. 29, la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 847.169,51 (pesos ochocientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve con 51/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 689.584,23 (pesos seiscientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta y cuatro con 23/100) y su actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 157.585,28 (pesos ciento cincuenta y siete mil quinientos ochenta y cinco con 28/100);
Que a fs. 31, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 34, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 37/38, mediante Dictamen Nº 518/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad de los trámites de aprobación de las redeterminaciones de precios solicitadas;
Que a fs. 39, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 251/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CONEXIÓN DE DESAGÜES EN CENTRO DE SALUD Nº 44 VILLA FLORESTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 285/23, a la contratista “REYCAS S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 285/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 847.169,51 (pesos ochocientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve con 51/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023 por la suma de $ 689.584,23 (pesos seiscientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta y cuatro con 23/100) y su actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 157.585,28 (pesos ciento cincuenta y siete mil quinientos ochenta y cinco con 28/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “REYCAS S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019003 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 809 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente