SALTA, 13 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1066
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 160.202/22 - Cpde. 60 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 del Adicional Nº 1 de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 283/23 a la firma “TANJILEVICH WALTER”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 87.007.099,78 (pesos ochenta y siete millones siete mil noventa y nueve con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 464/24, se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 17.091.060,54 (pesos diecisiete millones noventa y un mil sesenta con 54/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;
Que a fs. 62 y 167, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 61, rola Nota de Pedido N° 03 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 171, mediante Actuación Nº 392/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 172/173 el Dictamen Nº 680/24 y a fs. 173 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 336,27 % y 5,47 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Abril y Mayo de 2.024 respectivamente;
Que a fs. 175/176, la entonces Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual del Adicional N° 1 en la suma total de $ 75.743.725,73 (pesos setenta y cinco millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos veinticinco con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional N° 1 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 17.091.060,54 (pesos diecisiete millones noventa y un mil sesenta con 54/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 57.472.017,72 (pesos cincuenta y siete millones cuatrocientos setenta y dos mil diecisiete con 72/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 1.180.647,47 (pesos un millón ciento ochenta mil seiscientos cuarenta y siete con 47/100);
Que a fs. 178, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 181/186, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 190/191, mediante Dictamen Nº 3819/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 192, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 258/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 del Adicional N° 1 de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 464/24 y que ejecuta la contratista “TANJILEVICH WALTER”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública - Adicional N° 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 464/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 75.743.725,73 (pesos setenta y cinco millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos veinticinco con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional N° 1 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 17.091.060,54 (pesos diecisiete millones noventa y un mil sesenta con 54/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 57.472.017,72 (pesos cincuenta y siete millones cuatrocientos setenta y dos mil diecisiete con 72/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 1.180.647,47 (pesos un millón ciento ochenta mil seiscientos cuarenta y siete con 47/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “TANJILEVICH WALTER”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038013201 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1096 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente