SALTA, 13 de Noviembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1065
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 159 - 246.720/16 - Cpde. 73 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES EN ESCUELA N° 4.286 - JUAN D. PERÓN - LOCALIDAD DE PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 863/22 -rectificada por su similar N° 180/23- a la firma “JP INGENIERIA de Juan José Antonio Pastrana”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 57.352.225,06 (pesos cincuenta y siete millones trescientos cincuenta y dos mil doscientos veinticinco con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 454/24 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 11.355.857,56 (pesos once millones trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022;
Que a fs. 17, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 07, rola Nota de Pedido Nº 04 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 27, mediante Actuación Nº 395/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 28/29 el Dictamen Nº 703/24 y a fs. 29 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 459,38 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024;
Que a fs. 30, la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 63.522.720,38 (pesos sesenta y tres millones quinientos veintidós mil setecientos veinte con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional N° 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 11.355.857,56 (pesos once millones trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete con 56/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 52.166.862,82 (pesos cincuenta y dos millones ciento sesenta y seis mil ochocientos sesenta y dos con 82/100);
Que a fs. 32, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 35, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 38/39, mediante Dictamen Nº 542/24, la Asesoría Legal de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 256/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES EN ESCUELA N° 4.286 - JUAN D. PERÓN - LOCALIDAD DE PICHANAL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 454/24 y que ejecuta la contratista “JP INGENIERIA, de Juan José Antonio Pastrana”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional N° 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 454/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 63.522.720,38 (pesos sesenta y tres millones quinientos veintidós mil setecientos veinte con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional N° 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 11.355.857,56 (pesos once millones trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete con 56/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.024 por la suma de $ 52.166.862,82 (pesos cincuenta y dos millones ciento sesenta y seis mil ochocientos sesenta y dos con 82/100); .
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “JP INGENIERIA, de Juan José Antonio Pastrana”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011127501 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 264 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente