RESOLUCIONES



SALTA, 25 de Noviembre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1090

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 13.500/23 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 35/24, para la contratación de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS ESCUELA N° 4116 - CESAR TORINO - LOCALIDAD COPO QUILE - MUNICIPIO EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 868/24 (fs. 94/95), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 179.928.152,68 (pesos ciento setenta y nueve millones novecientos veintiocho mil ciento cincuenta y dos con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 97/122, mediante Resolución Nº 37/24 de la Secretaría de Contrataciones, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 125 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 130/131 en el Boletín Oficial y a fs. 256 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 10 de Octubre de 2.024 (fs. 146/147), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.” y “SILIOTTO S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 236/239, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 37/24 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual se recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.” y “SILIOTTO S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con la capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodología propuestas, sus equipamientos son suficientes y sus Planillas de Datos Garantizados fueron presentadas de manera correcta para su aceptación, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida, incluida la especializada para el rubro instalaciones;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, por un monto de $178.766.165,13 (pesos ciento setenta y ocho millones setecientos sesenta y seis mil ciento sesenta y cinco con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, que representa un 3,86 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 240/243, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes;

Que a fs. 244, la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, mediante nota argumenta que al momento de la apertura la oferta de la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” no había cumplido con el requisito del art. 7 inc. k) del pliego de condiciones particulares (certificado de habilitación para la tarea del asesor técnico), por lo que entiende que la oferta debió ser desestimada:

Que a fs. 245/248, rola un nuevo informe de la Comisión Evaluadora, quien ratifica el dictamen que recomienda que la contratación sea preadjudicada a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, en razón que si bien en el pliego de condiciones particulares, por un error sustancial de tipeo, se omitió incorporar el requisito del recibo de compra del pliego, el cual debió haber estado previsto en el inciso k, de modo que el siguiente, es decir el inciso L, es el que debió haberse destinado al certificado de habilitación de asesor técnico. Por lo tanto, presumiblemente el indicado error fue el que indujo a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” a considerar que podía presentar el certificado correspondiente con posterioridad al acto de apertura, lo que efectivamente así aconteció. Por otra parte, el certificado de habilitación del asesor técnico reviste la característica de un requisito meramente formal y que, por tanto, es posible su saneamiento con posterioridad al acto de apertura. En efecto, del art. 33 de la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario (art. 44), se infiere que los requisitos sustanciales son aquellos relativos al precio, condiciones, y calidad de las ofertas, cuya emisión impide la comparación homogénea de ellas, de modo tal que, un requisito formal, por el contrario, es aquel que, como el certificado en cuestión, no afecta dichos aspectos determinantes. A mayor abundamiento, repárese en que el pliego de condiciones generales que también rige la presente contratación regula el requisito en cuestión como un recaudo formal susceptible de ser cumplido con posterioridad al acto de apertura (ver art. 4.4.1);

Que a fs. 248, rola una nueva notificación a la empresa SILIOTTO S.R.L.” en la cual se le comunica que no se hace lugar a su presentación de fecha 22/10/24;

Que a fs. 252, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 253/254, mediante Dictamen N° 555/24, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 255, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 43/24;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 35/24, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 868/24 para la ejecución de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4116 - CESAR TORINO - LOCALIDAD COPO QUILE - MUNICIPIO EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 179.928.152,68 (pesos ciento setenta y nueve millones novecientos veintiocho mil ciento cincuenta y dos con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y desestimar por inconveniencia de su precio a la oferta de la empresa “SILIOTTO S.R.L.”.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar la contratación mencionada en el Artículo 1° de la presente resolución a la empresa “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, CUIT N° 30-70981835-6, por un monto de $178.766.165,13 (pesos ciento setenta y ocho millones setecientos sesenta y seis mil ciento sesenta y cinco con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.024, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ÁLVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto se imputara hasta la suma de $ 35.753.233,03 al Curso de Acción: 071011057903 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1109 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente

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R. S/C N° 100015148
Orden de Publicación: 100120492
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 11/12/2024

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