SALTA, 06 de Diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1117
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 11 - 9.174/24 - Cpde. 5 y agregados.
VISTO el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 11/24, llevado a cabo para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN 2° PISO DE EDIFICIO PJE. ZORRILLA 29 - SALTA - CAPITAL”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/17, rolan los antecedentes de los informes elaborados por el Área de Infraestructura del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por medio de los cuales se plantea la necesidad de la ejecución de la obra de referencia, la cual posibilitará poner al mismo en condiciones seguras para su funcionamiento de manera inmediata, en razón de que resulta imprescindible ubicar al personal de distintas reparticiones públicas;
Que presente contratación comprende la readecuación del 2° piso del edificio ubicado en Pasaje Zorrilla Nº 29 de la ciudad de Salta para optimizar el uso de las oficinas, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 20;
Que a fs. 19/36, la Dirección de Procesos de Contrataciones de la S.O.P., elabora el Legajo Técnico e informa que la presente contratación alcanza un presupuesto oficial de $ 108.655.425,78 (pesos ciento ocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos veinticinco con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, a realizarse por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de urgencia, previsto en el artículo 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado;
Que las razones de urgencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas en virtud que el edificio que actualmente ocupa el personal de Liquidaciones del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en calle Caseros Nº 1450 debe ser entregado en los próximos días, considerando imprescindible la reubicación de los agentes de dicha dependencia, como así también posibilitará la reubicación de distintos organismos que se encuentran con serios inconvenientes de espacio físico para desarrollar sus actividades;
Que a fs. 45/47, mediante Dictamen Nº 551/24, toma intervención la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P., expresando las razones y fundamentos que permiten encuadrar la presente contratación en el marco de lo dispuesto por el artículo 15, inc. i) de la Ley N° 8.072 - Contratación abreviada por urgencia - y del artículo 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que en consecuencia, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en virtud de lo establecido por el Decreto Nº 417/2020 y por las Resoluciones Nºs 36/2020 y 06/24 de la Secretaría de Contrataciones, agregándose la invitación a cotizar, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la contratación de la obra mencionada (fs. 49/64);
Que se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones en la página web htpp://obraspublicas.salta.gob.ar (fs. 66) y en el Boletín Oficial (fs. 65) y con las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres (fs. 71/77), conforme a lo dispuesto por el artículo 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, garantizándose además el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 79/81, rola el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 07 de Noviembre de 2.024, constatando la presentación de 6 (seis) ofertas correspondientes a las empresas: “ING. RENE LUIS CASTELLON”, “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas”, “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “IC S.R.L.” y “MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L.”, por los montos y condiciones que allí se indican;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 22 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que a fs. 391/394, rola el informe técnico elaborado por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, el cual recomienda declarar inadmisibles a las ofertas presentadas por las firmas: “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, por incumplimiento al art. 7º incs. l) y o) del Pliego de Condiciones Particulares, “IC S.R.L.”, por incumplimiento al art. 7° inc. j) y “MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L.”, por incumplimiento al artículo 7°, incs. l) y o) del Pliego de Condiciones Particulares, y recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas de la empresas: “ING. RENE LUIS CASTELLON”, “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Vargas” y “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, Comisión Evaluadora entiende que las ofertas admisibles cuentas con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individuales suficientes para la presente obra, cumplen con los requisitos técnicos constructivos, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, sus planes de trabajo y metodologías resultan coherentes, los equipamientos suficientes, sus planillas de datos garantizados so correctas para su aceptación y verifican el cumplimiento de los valores relacionados a su cotización de la mano de obra requerida;
Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora, recomienda preadudicar la contratación en cuestión a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, en la suma de $ 99.597.165,59 (pesos noventa y nueve millones quinientos noventa y siete mil ciento sesenta y cinco con 59/100) IVA incluido, que representa un 9,25 % inferior al presupuesto oficial, con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, por cumplir con los requerimientos formales y técnicos exigidos y resultar la más conveniente a los intereses del Estado, por contener el menor precio ofertado y superar satisfactoriamente los criterios dispuestos por el Artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 395/406, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten observaciones al mismo;
Que a fs. 410, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;
Que a fs. 411/412, mediante Dictamen N° 410/24, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 413, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 54/24;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7, 15 y 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Procesos de Contrataciones de la Secretaría de Obras Publicas y el proceso selectivo realizado por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN 2° PISO DE EDIFICIO PJE. ZORRILLA 29 - SALTA - CAPITAL”, con presupuesto oficial de $ 108.655.425,78 (pesos ciento ocho millones seiscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos veinticinco con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.024, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de urgencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072.
ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez”, “IC S.R.L.” y “MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ING. RENE LUIS CASTELLON” y “MB CONSTRUCCIONES del Ing. Miguel Borda Varga”, por cumplir los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.
ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22, apartado 1) del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, adjudicar a la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, CUIT Nº 30-70981835-6, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución, por un monto de $ 99.597.165,59 (pesos noventa y nueve millones quinientos noventa y siete mil ciento sesenta y cinco con 59/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.024, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por resultar la más conveniente conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) -. Proyecto: 808 - Unid. Geográfica 99 - Ejercicio 2024.
ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente