SALTA, 02 de Diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1105
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 26.326/23 - Cpde. 22 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional N° 1 de la obra “RED DE AGUA POTABLE BARRIO LA PLAYA Y SECTOR 5 - ETAPA 1 - PROF. SALVADOR MAZZA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 841/23 a la Municipalidad de Profesor Salvador Mazza, suscribiéndose el Convenio de Obra Pública por la suma de $ 58.192.556,30 (pesos cincuenta y ocho millones ciento noventa y dos mil quinientos cincuenta y seis con 30/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023;
Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 615/24 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 7.225.245,88 (pesos siete millones doscientos veinticinco mil doscientos cuarenta y cinco con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023;
Que a fs. 44, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 04, rola Nota de Pedido N° 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 55, mediante Actuación Nº 434/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 56/57 el Dictamen Nº 762/24 y a fs. 58 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 159,77 % del valor del convenio y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Junio del 2.024;
Que a fs. 59, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual del Adicional N° 1 en la suma total de $ 18.769.044,32 (pesos dieciocho millones setecientos sesenta y nueve mil cuarenta y cuatro con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 7.225.245,88 (pesos siete millones doscientos veinticinco mil doscientos cuarenta y cinco con 88/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 11.543.798,44 (pesos once millones quinientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y ocho con 44/100);
Que a fs. 61, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 64/66, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 67/68, mediante Dictamen Nº 578/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 69, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe 269/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional N° 1 de la obra “RED DE AGUA POTABLE BARRIO LA PLAYA Y SECTOR 5 - ETAPA 1 - PROF. SALVADOR MAZZA - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 841/23, a la Municipalidad de Profesor Salvador Mazza.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Convenio de Obra Pública Adicional N° 1, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 615/24, estableciendo un nuevo monto total del convenio en la suma de $ 18.769.044,32 (pesos dieciocho millones setecientos sesenta y nueve mil cuarenta y cuatro con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual del Adicional N° 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 7.225.245,88 (pesos siete millones doscientos veinticinco mil doscientos cuarenta y cinco con 88/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 11.543.798,44 (pesos once millones quinientos cuarenta y tres mil setecientos noventa y ocho con 44/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Convenio mencionado con la Municipalidad de Profesor Salvador Mazza, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038017601 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 908 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente