SALTA, 11 de Diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 177
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 184 - 952/19 - Cpde. 1.135 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 14 de la obra “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 129/22 del Ministerio de Infraestructura a la firma “ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 274.557.794,14 (pesos doscientos setenta y cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022;
Que asimismo, mediante Resolución Nº 132/24 del Ministerio de Infraestructura, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 12 y 13, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 1.018.597.336,14 (pesos un mil dieciocho millones quinientos noventa y siete mil trescientos treinta y seis con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril del 2.024;
Que a fs. 02, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 03, mediante Nota de Pedido Nº 01, la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 52, mediante Actuación Nº 369/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 53 el Dictamen Nº 740/24 y a fs. 53 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 9,52 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Junio del 2.024, respectivamente;
Que a fs. 54, la entonces Dirección Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 1.088.355.109,00 (pesos un mil ochenta y ocho millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento nueve con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 1.018.597.336,14 (pesos un mil dieciocho millones quinientos noventa y siete mil trescientos treinta y seis con 14/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 69.757.772,86 (pesos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta y siete mil setecientos setenta y dos con 86/100);
Que a fs. 56, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 59/64, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;
Que a fs. 66/67, mediante Dictamen Nº 415/24 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infreastructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 68, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 263/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 14 de la obra “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 129/22 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista “ING. DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 132/24 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 1.088.355.109,00 (pesos un mil ochenta y ocho millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento nueve con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 1.018.597.336,14 (pesos un mil dieciocho millones quinientos noventa y siete mil trescientos treinta y seis con 14/100) y de la actualización Nº 14 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 69.757.772,86 (pesos sesenta y nueve millones setecientos cincuenta y siete mil setecientos setenta y dos con 86/100).
ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Adenda Modificatoria del Contrato con la contratista, hoy denominada “SUCESIÓN DE MADEO LUIS DANIEL”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 54.637.610,68 al Curso de Acción: 081017041602 - Financiamiento: Libre Disp. (100) - Proyecto: 1057 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.
ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar
Camacho