RESOLUCIONES



SALTA, 12 de Diciembre de 2024

RESOLUCIÓN Nº 1128

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 81.563/14 - Cpde. 62 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCION Y ADECUACION EN EL COLEGIO Nº 5.021 - CIUDAD DEL MILAGRO - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 585/22 a la firma “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 35.314.222,14 (pesos treinta y cinco millones trescientos catorce mil doscientos veintidós con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022;

Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 769/23 se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 5.947.117,23 (pesos cinco millones novecientos cuarenta y siete mil ciento diecisiete con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 625/24, se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional N° 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 18.818.554,94 (pesos dieciocho millones ochocientos dieciocho mil quinientos cincuenta y cuatro con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023;

Que a fs. 28/29, el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 19, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 31 mediante Actuación Nº 335/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 32/33 el Dictamen Nº 734/24 y a fs. 33 vta. la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 11,48 % y 36,51 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Noviembre y Diciembre de 2.023;

Que a fs. 34/35, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 22.949.497,42 (pesos veintidós millones novecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y siete con 42/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 18.818.554,94 (pesos dieciocho millones ochocientos dieciocho mil quinientos cincuenta y cuatro con 94/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 1.426.384,20 (pesos un millón cuatrocientos veintiséis mil trescientos ochenta y cuatro con 20/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 2.704.558,28 (pesos dos millones setecientos cuatro mil quinientos cincuenta y ocho con 28/100);

Que a fs. 37, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 40/41, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 44/45, mediante Dictamen Nº 568/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 46, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 264/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley N° 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCION Y ADECUACION EN EL COLEGIO Nº 5.021 - CIUDAD DEL MILAGRO - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 585/22, a la contratista “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional N° 1, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 625/24 estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 22.949.497,42 (pesos veintidós millones novecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y siete con 42/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.023 por la suma de $ 18.818.554,94 (pesos dieciocho millones ochocientos dieciocho mil quinientos cincuenta y cuatro con 94/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.023 por la suma de $ 1.426.384,20 (pesos un millón cuatrocientos veintiséis mil trescientos ochenta y cuatro con 20/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.023 por la suma de $ 2.704.558,28 (pesos dos millones setecientos cuatro mil quinientos cincuenta y ocho con 28/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 2.065.471,24 al Curso de Acción: 071011028903 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 247 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preveerán la partida de fondos necesarios a invertir en el ejercicio 2.025 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente




R. S/C N° 100015249
Orden de Publicación: 100120782
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 19/12/2024

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