SALTA, 12 de Diciembre de 2024
RESOLUCIÓN Nº 1127
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 44 - 220.413/20 - Cpde. 48 y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Predeterminación de Precios Nº 9 y 10 de la obra “CONSTRUCCION EDIFICIO COMISARIA Nº 31 - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA -- PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 289/23 a la firma “ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 158.671.883,53 (pesos ciento cincuenta y ocho millones seiscientos setenta y un mil ochocientos ochenta y tres con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023;
Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 808/24, se aprueba el proceso de Predeterminación de Precios Nº 6, 7 y 8, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 441.173.041,05 (pesos cuatrocientos cuarenta y un millones ciento setenta y tres mil cuarenta y uno con 05/100) IVA incluido, a valores
correspondientes al mes de Febrero de 2.024;
Que a fs. 57 y 111 el Inspector de Obra de la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de predeterminación de precios;
Que a fs. 29, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la predeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última predeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 119, mediante Actuación Nº 332/24 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 120 el Dictamen Nº 728/24 y a fs. 120 vta. La conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 7,38 % y 9,04 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Abril y Junio de 2.024, respectivamente;
Que a fs. 122/123, la entonces Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 477.370.183,20 (pesos cuatrocientos setenta y siete millones trescientos setenta mil ciento ochenta y tres con 20/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 441.173.041,05 (pesos cuatrocientos cuarenta y un millones ciento setenta y tres mil cuarenta y uno con 05/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 16.658.883,01 (pesos dieciséis millones seiscientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y tres con 01/100) y de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 19.538.259,14 (pesos diecinueve millones quinientos treinta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve con 14/100);
Que a fs. 124, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 127/135, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06; Que a fs. 136/137, mediante Dictamen Nº 574/24, la Asesoría Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;
Que a fs. 138, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 268/24;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 9 y 10 de la obra “CONSTRUCCION EDIFICIO COMISARIA Nº 31 - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA -- PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 289/23, a la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”.
ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 808/24, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 477.370.183,20 (pesos cuatrocientos setenta y siete millones trescientos setenta mil ciento ochenta y tres con 20/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.024 por la suma de $ 441.173.041,05 (pesos cuatrocientos cuarenta y un millones ciento setenta y tres mil cuarenta y uno con 05/100), de la actualización Nº 9 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.024 por la suma de $ 16.658.883,01 (pesos dieciséis millones seiscientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y tres con 01/100) y de la actualización Nº 10 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.024 por la suma de $ 19.538.259,14 (pesos diecinueve millones quinientos treinta y ocho mil doscientos cincuenta y nueve con 14/100).
ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 522007001301 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 470 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.024.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente