SALTA, 28 de Junio de 2023
DECRETO Nº 401
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Expediente Nº 0120159-229800/2014-0
VISTO el Contrato de Locación suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y los señores Jorgelina Lavaque y Sergio Daniel Lafuente; y,
CONSIDERANDO:
Que el mencionado contrato tiene por objeto la locación del inmueble sito en calle Catamarca Nº 70 de Salta-Capital, identificado catastralmente como Matrícula Nº 1066, destinado al funcionamiento de Oficinas dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;
Que el Secretario de Administración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, emitió la Resolución Nº 946/2023, aprobando el procedimiento llevado a cabo para la locación referida;
Que la Unidad de Sindicatura interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;
Que atento a lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 35/2023 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;
Por ello, conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y los señores Jorgelina Lavaque, D.N.I. Nº 16.734.863 y Daniel Lafuente, D.N.I. Nº 14.708.425, a partir del 2 de mayo 2023 hasta el 1 de mayo 2026, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación - SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 003 - Actividad: 0001 - Servicios No Personales - Secretaría de Control de Procesos- Código; 071003000100.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuniqúese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa - López Morillo