SALTA, 10 de Julio de 2024
DECRETO Nº 407
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 234-105773/2024
>VISTO la Adenda al “Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre y Plan Nacional de Seguridad Alimentaria”; y,
CONSIDERANDO:
Que la misma tiene por objeto otorgar a la Provincia la suma de pesos un mil ochocientos setenta y ocho millones seiscientos noventa mil ($1.878.690.000) en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas, a fin de garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social en la Provincia, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y del Plan Nacional "Argentina Contra el Hambre";
Que dicho monto se integrará al importe de pesos dos mil cien millones noventa y cinco con dos centavos ($2.100.000.095,02) otorgados oportunamente mediante "Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre", aprobado por decreto Nº 162/2024, sumando un total de pesos tres mil novecientos setenta y ocho millones seiscientos noventa mil noventa y cinco con dos centavos ($3.978.690.095,02);
Que tales aportes estarán destinados a financiar la entrega de treinta mil (30.000) Módulos Alimentarios para familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica;
Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial y lo previsto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Adenda al “Convenio de Ejecución Plan Nacional Argentina Contra el Hambre y Plan Nacional de Seguridad Alimentaria", celebrada entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, que como Anexo forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Mimessi - López Morillo