DECRETO N° 419/21
APRUEBA PROYECTO: PLAN CONECTATE DIGITAL DESTINADO A POSIBILITAR LA ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS TECNOLÓGICOS.

Publicado en el Boletín N° 20997, el día 28 de Mayo de 2021.



SALTA, 21 de Mayo de 2021

DECRETO Nº 419

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 343-44320/2021

VISTO
la necesidad de brindar a la población el acceso a un dispositivo tecnológico; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 6.891, se creó el Fondo Provincial de Inversiones para la asistencia financiera de proyectos productivos;

Que en el marco de dicha Ley y por los Decretos Nº 3.250/2011, Nº 3.103/2010 y Nº 1.000/2017 se crearon los planes “Anafe en Casa”, "Gas en Casa" y “Sol en Casa" respectivamente, disponiéndose su financiación a través el Fondo Provincial de Inversiones y delegándose la coordinación de los proyectos a la Secretaría de Participación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad;

Que, en virtud de la finalidad social de los referidos proyectos y en atención a la contribución que los mismos representan en términos de mejorar la calidad de vida de las personas, es que resulta necesario avanzar en la implementación de políticas públicas que tengan por objeto ampliar y consolidar los derechos de nuestros ciudadanos;

Que la Ley Nacional Nº 27.078 “declara de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados”, expresando además que su objeto es “posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad”;

Que a los fines de efectivizar el derecho a las comunicaciones y telecomunicaciones, resulta necesaria la creación de un programa destinado a posibilitar la adquisición de dispositivos tecnológicos a todas aquellas personas que no tienen los suficientes recursos económicos para obtener los mismos,

Que la pandemia del COVID-19 estableció un nuevo modo de sociabilización y comunicación del ser humano y, a la vez, acrecentó las brechas digitales existentes, entendiéndose esta última como la distribución desigual en el uso y acceso de los grupos sociales a las denominadas TICs;

Que como consecuencia de este hecho, las personas se enfrentan a diversas dificultades ante los obstáculos en la toma de información, no pudiendo educarse, trabajar y comunicarse plenamente, lo que demuestra a las claras la necesidad y atención de un nuevo rol que debe asumir el Estado como garante de políticas igualitarias y generador de nuevas oportunidades de comunicación y relación para los sectores sociales que se encuentren en tales condiciones;

Que en consecuencia, resulta adecuado poner en marcha un proyecto por el cual se facilite la adquisición de dispositivos tecnológicos, de uso doméstico que permitan el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, reduciendo los efectos sociales negativos de la denominada “brecha digital”;

Que para ello se ha previsto, mediante la implementación de “Conectate Digital” el otorgamiento de un crédito para la adquisición y entrega directa de dispositivos tecnológicos con un financiamiento de veinticuatro (24) cuotas;

Que el sistema de recupero de los créditos otorgados, resultó exitoso en los planes “Anafe en Casa”, “Gas en Casa” y “Sol en Casa”, lo que muestra el compromiso de los beneficiarios a la hora de cumplir con sus obligaciones, por lo que tal experiencia será replicada en el presente proyecto;

Que la Secretaría de Participación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia tendrá a su cargo la coordinación e implementación del mismo;

Por ello, en el marco de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144, inciso 2º, de la Constitución Provincial, y artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el proyecto denominado “Plan Conectate Digital”, cuyas características y condiciones obran en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que la Secretaría de Participación Ciudadana y Relaciones con la Comunidad dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia tendrá a su cargo la coordinación e implementación del proyecto aprobado en el presente.

ARTÍCULO 3º.- Déjase establecido que el gasto que demande la ejecución de entrega efectiva de los dispositivos tecnológicos se financiará con el recupero de los fondos de los planes “Gas en Casa”, “Anafe en Casa” y “Sol en Casa”, proveniente del Fondo Provincial de Inversiones, regulados por los Decretos Nros. 3.103/2010, 1.708/2016, 3.250/2011, 883/2016 y 1.000/2017 A tales efectos, dicha Secretaría tendrá a su cargo el manejo de recursos pertinentes, en carácter de “gastos por cuenta de terceros”, en los términos del artículo 9º de la Ley de Contabilidad vigente.

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a las partes involucradas en la coordinación e implementación del Plan Conectate Digital a adoptar todas las medidas y formalizar los instrumentos que resulten necesarios para la operatividad y eficiencia del plan.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado será por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y por el señor Secretario de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Rios Plaza -  Villada - Posadas



VER ANEXO




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